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Diccionario legal

Más de cuatro mil términos y expresiones para su uso y referencia

Poderes Públicos
Conjunto de las autoridades que gobiernan un Estado.
Poderes Reservados
(Ossorio) El los Estados federales, aquellas competencias no delegadas a la nación por los Estados miembros o provincias. Se trata, por tanto, de un concepto opuesto al de poderes delegados (v.).
Poder General
(Ossorio) El de carácter civil o mercantil que abarca la generalidad de los negocios o asuntos del poderdante, pero, por amplio que sea en sus términos, no sirve para los casos en que la ley impone poder especial (v.), de no comprender con claridad esa facultad.
Poder General
(Couture) I. Definición. Dícese del mandato que faculta al apoderado para representar al poderdante en todos los actos de administración o de disposición, sin concretarse a un objeto u orden de objetos determinados. II. Ejemplo. En el poder general para pleitos, se reputará implícitamente contenida la facultad de interponer los recursos legales" (CPC., 159). III. Indice. CPC., 159. IV. Etimología. Véase: Poder. General procede del latín generalis, -e "referente a todo el género", antónimo de specialis, -e "especial", literalmente "referente a una sola especie, a un solo aspecto". De genus, -eris "género". V. Traducción. Véase Poder.
Poder General Para Pleitos
El que faculta a un procurador para los diversos actos y trámites que una causa o juicio requiera. El poder general para pleitos debe constar necesariamente en documento público.
Poderhabiente
(Ossorio) Apoderado o mandatario.
Poder Jerarquico
(Ossorio) El que incumbe a todo superior sobre sus subordinados o dependientes, para dirigirlos y sancionarlos disciplinariamente.
Poder Judicial
(Couture) I. Definición. Denominación dada a aquél de los poderes del Estado al que se le asigna, primordialmente en la Constitución y en las leyes, la función jurisdiccional. (Véase Jurisdicción). II. Ejemplo. "El poder judicial será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales y Juzgados, en la forma que estableciere la Ley" (Constitución, 233). III. Indice. CPC., 13; COT., 1. IV. Etimología. Véase Judicial; Poder. V. Traducción. Véase Judicial; Poder.
Poder Judicial
El que ejerce la Administración de Justicia.
Poder Judicial
(Ossorio) En toda su variedad de fueros o jurisdicciones, los órganos a que se confía el conocimiento y resolución de los juicios y causas de un país. | La judicatura (v.) de un Estado. Sobre su articulación con los demás poderes, v. PODER EN DERECHO POLITICO.
Poder Legal
(Ossorio) Cada uno de los estatales cuando cuenta con legítimo origen según la Constitución e instituciones fundamentales. | Mandato ajustado en forma y fondo a las reglas para su eficacia.
Poder Legislativo
Aquel en que reside la potestad de hacer y reformar las leyes. // En los países democráticos, Parlamento o asamblea legislativa.
Poder Legislativo
(Ossorio) El Parlamento legalmente elegido y en ejercicio de sus funciones en un Estado constitucional. | Asamblea, designada de manera más o menos caprichosa, que imita al Parlamento en regíminis sui géneris. | El propio Poder Ejecutivo allí donde ejerza, por autoarrogación, las facultades legislativas. La integración por una sola Cámara, la de diputados o representantes, o por dos - entonces la otra el Senado o cuerpo asimilable -, es fundamental en el ejercicio de este Poder. En cuanto a su articulación con los retantes de carácter público, v. PODER EN DERECHO POLITICO.
Poder Marital
(Ossorio) Atribuciones jurídicas, más o menos nominales, que los ordenamientos positivos reconocen al marido (v.) en relación con los bienes de su mujer, en cuanto al patrimonio conyugal común incluso en cuanto a la persona de su consorte.
Poder Moderador
(Ossorio) Es conocido así en el lenguaje político el jefe del Estado que en las monarquías constitucionales, o en las repúblicas parlamentaristas, ejercen, a más del simbolismo nacional y la dignidad de la primera magistratura, una acción moderadora - de ahí la calificación - en el juego recíproco de los poderes del gobierno (el Ejecutivo), del Parlamento (el Legislativo) y de jueces y tribunales (el Judicial), sobre todo para evitar el avasallamiento de los dos últimos por el primero, por disponer de la fuerza pública a su servicio. (V. PODER EN DERECHO POLITICO.)
Poder Moderador
El que ejerce un jefe de Estado que no tiene poder ejecutivo.
Poder Publico
(Ossorio) La potestad inherente al Estado y que lo autoriza para regir, según reglas obligatorias, la convivencia de cuantos residen en territorio sujeto a sus facultades políticas y administrativas. | Cada uno de los poderes fundamentales del Estado (V. PODER EN DERECHO POLITICO.)
Poder Reglamentario
(Ossorio) La facultad que al Poder Ejecutivo le corresponde para dictar disposiciones de carácter general y obligatorio sobre toda cuestión no legislada y obligatorio sobre toda cuestión no legislada o para complemento y efectividad de una ley. Se concreta en reglamentos, decretos, órdenes, circulares, ordenanzas, instrucciones, bandos y denominaciones similares del ejecutivo central y también de las autoridades provinciales o municipales (Dic. Der. Usual).
Poder Revolucionario
(Ossorio) Una revolución triunfante, situación que no se debe confundir con el golpe de Estado (v.), se ve precisada a establecer el nuevo régimen de la nación en el que el hecho revolucionario se ha producido. Ese es, precisamente, el poder que ostentan los triunfadores y que legítimamente no puede atribuirse la potestad de establecer la norma constitucional implantable, sino que se ha de limitar a convocar a la nación para que sean sus representantes quienes determinen los principios fundamentales por los cuales el Estado se ha de regir.
Poder Temporal
(Ossorio) La potestad de orden político y administrativo general que ejercen las autoridades y poderes civiles, por contraposición con el poder espiritual y trascendente que la Iglesia católica recaba para sí sobre todos los hombres y en especial sobre los bautizados. | Designación de la soberanía territorial que, igual que cualquier otro Estado, ejercía el Romano Pontífice sobre territorios italianos más o menos próximos a Roma, hasta que la conquista de la ciudad Eterna por Garibaldi, en 1870, puso fin a los Estados Pontificios. | Hoy, similares facultades con que el Papa gobierna el diminuto Estado quem tras el Tratado de Letrán de 1929, forma la ciudad del Vaticano.
Poenalia Sunt Restringenda
(Ossorio) Loc lat. Las leyes penales deben ser interpretadas con criterio estricto. Es otro de los princios del Derecho Penal liberal.
Poenas Dare Alicui
Sufrir un castigo que da satisfacción a alguien.
Poenas Ob Delictum Expetunt
Exigen el castigo por el delito.
Pogrom
(Cabanellas) Voz rusa que significa destrucción, devastación o exterminio y aplicada, a partir de la revolución de 1905 contra el absolutismo de los zares, como sinónima de persecución sistemática e implacable contra los judíos, en sus barrios y viviendas, donde son asesinados o saqueados.
Poliandria
(Cabanellas) Forma o régimen matrimonial que permite a la mujer tener dos o más maridos a la vez.
Poliandria
(Ossorio) Estado de la mujer casada simultáneamente con dos o más hombres. Donde esa situación familiar no está legalmente admitida, constituye el delito de bigamia (v.). No ha pasado, históricamente, de práctica local en ciertas comarcas asiáticas, de la India en particular. Se contrapone a la más difundida poligamia (v.).
Poliarquia
(Ossorio) El gobierno ejercido por muchos. En realidad, por la delegación de poderes y la colaboración en su ejercicio, poliarquías las configuran todos los Estados. En teoría se opone a monarquía (v.) o gobierno personal.
Poliarquia
(Cabanellas) El gobierno de muchos. Como los propios monarcas absolutos se han visto obligados a delegar algunas cuestiones del gobierno en sus favoritos, poliarquías lo son en realidad todos los sistemas de gobierno; si bien doctrinalmente se contrapone a monarquía (v.)
Policia
(Cabanellas) Buen orden, tranquilidad o normalidad en la vida de una ciudad o Estado. Limpieza, aseo. Cortesía, urbanidad. Cuerpo que mantiene el orden material externo y la seguridad del gobierno y de los ciudadanos a quienes ampara la legislación vigente. Más particularmente, la organización no uniformada que investiga la comisión de los delitos y trata de detener a los autores, para ponerlos a disposición de los tribunales competentes. Agente que pertenece a este cuerpo. JUDICIAL. La que tiene por finalidad investigar la perpetración de los delitos, determinar las circunstancias de los mismos y detener a sus autores o a los sospechosos de haberlos ejecutado.
Policia
(Ossorio) El buen orden, la trnaquilidad o normalidad en la vida de una ciudad o Estado. | Limpieza, aseo. | Cortesía, urbanidad. | Cuerpo que mantiene el orden material externo y la seguridad del gobierno y de los ciudadanos a los que ampara la legislación vigente. | Más particularmente, la organización no uniformada que investiga la comisión de los delitos y trata de detener a los autores, y demás responsables, para ponerlos a disposición de los tribunales competentes. | Agente que pertenece a ese cuerpo (Dic. Der. Usual).
Policia Administrativa
(Ossorio) Para el Vocabulaire juridique dirigido por Capitant, el servicio público que tiene por objeto asegurar, mantener o restablecer el orden público, ya sea previniendo la infracción de los reglamentos, de las órdenes y de los gastos apropiados, ya sea reprimiendo las violaciones del orden público mediante el empleo de la fuerza material.
Policia Cientifica
(Ossorio) No es sino aquella parte de la policía judicial (v.) altamente especializada, según métodos científicos de vanguardia, en la investigación de los delitos; sobre todo, por la minuciosa gama de conocimientos antropológicos, psicológicos y sociológicos, así como por el análisis de todos los vestigios del delito.
Policia De Costumbres
(Ossorio) Denomínase así la función derivada del poder de policía (v.) que tiene por objeto la protección de la moral pública.
Policia De Estrados
(Ossorio) Entendiendo por estrados las salas o locales donde se administra justicia y se celebran audiencias y vista, el poder de mantenimiento del buen orden y del respeto por las partes que incumbe al juez o magistrado que presida los actos. Se puede traducir en la privación de la palabra, en la expulsión, en la imposición de una multa, en la suspensión profesional.
Policia Del Trabajo
(Ossorio) Inspección del trabajo (v.).
Policia De Seguridad
(Ossorio) Cuerpo que tiene a su cargo la vigilancia del orden público y la integridad de los ciudadanos, y que debe cumplir las órdenes de los poderes del Estado, especialmente del Ejecutivo y del Judicial. Este segundo, cuando no existe un cuerpo policial directamente dependiente de ese Poder. En los países organizados federativamente, la policía puede depender del Estado nacional o de los estados provinciales. Modernamente, el concepto ha adquirido mayor amplitud por la existencia de un organismo policial (Interpol) que actúa coordinadamente dentro de diversas naciones.
Policia Gubernativa
(Ossorio) Policia de seguridad (v.).
Policia Internacional
(Ossorio) Acción concertada de varias potencias para mantener o restablecer la paz en alguna región, para velar por el cumplimiento de ciertas convenciones o como autoridad neutral permanente en territorios litigiosos o de soberanía compartida. Tal carácter ofrecían las fuerzas que diversos estados ofrecían en Tánger, como ciudad internacionalizada; las que los aliados crearon en los territorios de Alemania que, tras la contienda concluída en 1918, debían resolver por sí mismos, y en plebiscito (v.), su futuro destino; las enviadas en nombre de las Naciones Unidas para el apoyo de Corea del Sur frente a la agresión del territorio del Norte, que significó la guerra de Corea y donde ya la policía era un auténtico ejército de operaciones, o para la garntía de un armisticio, al modo de los destacamentos de las Naciones Unidas también, enviados a la explosiva zona del canal de Suez en 1957, para establecer un parachoques entre israelíes y egipcios, y en posteriores treguas entre pueblos tan belicosos. La más oportuna y bienchora acción de la auténtica policía internacional hasta el presente quizás la constituya la intervención de fuerzas de las Naciones Unidas (con tropas africanas y asiáticas en su mayoría, aunque con mandos superiores europeos y americanos) para poner orden interno e internacional en el Congo Belga, luego de la precitada conseción de la independencia a un pueblo de escasa cultura y con sobrado recuerdo del salvajismo. En el mar existe una polícía internacional permanente a cargo de las naves de guerra, tanto para reprimir la piratería como para asegurar el respeto de ciertos tratados de pesca y de fidelidad a diferentes acuerdos, como el célebre de la no intervención (v.) en la guerra de España.
Policia Judicial
(Ossorio) Cuerpo que en algunos Estados, con independencia de la policía de seguridad (v.) y bajo la directa dependencia del Poder Judicial, se dedica a la investigación de los delitos y a la captura de los delincuentes. De esa manera quedan separadas y bien definidas ambas actividades policiales. Se estima que la existencia de una policía judicial constituye una garantía en el ejercicio de la criminalística y una protección de los derechos individuales.
Policia Maritima
(Ossorio) Aquella que en puertos y costas, dentro de las aguas jurisdiccionales, mira por la observancia de las reglas atinentes a la navegación, a fin de evitar la entrada en su país de personas con enfermedades contagiosas, para represión del contrabando e impedimento de otras actividades ilegales. Cumple las tareas relacionadas con la emigración e inmigración en su caso.
Policia Militar
(Ossorio) La serie de reglamentaciones concernientes a la mejor presentación personal de las tropas, así como el aseo de las dependencias pertenecientes a las fuerzas armadas. | Cuerpo de policía administrativa (v.) organizado según el patrón del ejército y cuyo mando ejercen militares de carrera.
Policia Municipal
(Ossorio) Aquella manifestación de la policía administrativa (v.) que se desarrolla en una localidad o municipio, para su buen orden, tranquilidad y seguridad de los habitantes, y para defensa de la salud pública y de los intereses económicos colectivos, como en cuanto a precios y calidad de los comestibles.
Policia Preventiva
(Ossorio) La administrativa en la orientación que pretende evitar la comisión de delitos o faltas y la eliminación de riesgos y peligros generales, para así impedir accidentes y otros males. Se contrapone a la especie inmediata.
Policia Represiva
(Ossorio) La que tiene por función contribuir a la sanción de los delitos y faltas e incluso la actuación punitiva inmediata cuando debe reprimir con sus armas desórdenes o atentados, sediciones o rebeliones. Una de sus manifestaciones la integra la policía judicial (v.). Por naturaleza, es antítesis de la policía preventiva (v.).
Policia Sanitaria
(Ossorio) En las fronteras de un país, y en caso de epidemias también en las afueras de una localidad, la que ejerce la acción adecuada para impedir la circulación de enfermos contagiosos o que por otra razón ofrezcan peligro o requieran asistencia inaplazable. (V. CUARENTENA, PATENTE DE SANIDAD.) Presenta carácter profiláctico no solo con la divulgación de conocimientos prácticos eficaces para prevenir las enfermedades, sino también con la aplicación, incluso obligatoria en ciertas ocasiones,de vacunas y otros tratamientos.
Policia Secreta
(Ossorio) El cuerpo de vigilancia política o de investigación criminal que no actúa normalmente uniformado, para actividad menos notoria y poder con mayor facilidad vigilar y detener a los sospechosos o responsables reclamados por autoridades administrativas o judiciales.
Policitacion
(Cabanellas) Promesa unilateral mientras no es aceptada; y que permite, por tanto, la revocación por quien la formula. (v. Promesa.)
Policitacion
(Ossorio) La promesa unilateral no aceptada. Tal situación, antes de vencer el plazo fijado por el oferente, permite su revocación, que extingue ofrecido como recompensa, premio o estímulo público.
Poligamia
(Cabanellas) Régimen matrimonial en que al hombre se le permite tener simultáneamente dos o más esposas. Por extensión, poliandria.
Poligamia
(Ossorio) Estado o calidad de polígamo, situación del varón que se ha casado muchas veces. | En su verdadero sentido, el concepto se aplica al hombre que tiene a un mismo tiempo varias mujeres en calidad de sus esposas. Sólo por extensión se dice del que sucesivamente las tuvo. La tenencia simultánea de varias esposas constituye, allí donde la poligamia no es legalmente admitida, el delito de bigamia (v.). En los primeros tiempos de la humanidad,m en la versión bíblica, la poligamia fue practicada habitualmente. Con posterioridad a la afirmación de la monogamia (v.) por Cristo, aunque ya en vigor entre el pueblo hebreo anterior a él, los mahometanos la adoptaron, hasta prohibiciones muy recientes, que se iniciaron tras la primera posguerra mundial, en una imitación sin más de los.países occidentales. (V. POLIANDRIA.)
Poligamo
(Cabanellas) Hombre casado simultáneamente con dos o más mujeres. Por extensión, el que ha contraído diversos matrimonios, aun sucesivos; como el viuda casado en segundas nupcias.
Poligamo
(Ossorio) El casado a un mismo tiempo con dos o más mujeres. | En sentido amplio, al casado más de una vez, pero de modo sucesivo, como el viudo que vuelve a matrimoniar. (V. POLIGAMIA.)
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Séptima ley (poco conocida) de Newton

Es mejor un pájaro en mano que uno volando.

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