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Diccionario legal

Más de cuatro mil términos y expresiones para su uso y referencia

Prevenir
(Cabanellas) Preparar, disponer. Prever. Evitar. Dificultar. Advertir. Avisar. Precaver. Impresionar, preocupar. Ordenar y ejecutar primeras diligencias de un juicio. Instruir las primeras actuaciones para asegurar los bienes y las resultas de una causa. Imposibilitar los delitos con medidas de policía y sanciones penales pertinentes. (v. Prevención.)
Preventiva
(Ossorio) Abreviación de prisión preventiva (v.).
Preventiva
(Cabanellas) Forma abreviada de referirse a la prisión preventiva (v.).
Preventivamente
(Cabanellas) Con prevención o prejuicio. A prevención o por si acaso. Para evitar un mal.
Preventivo
(Ossorio) Adecuado para prevenir. (V. PRISION PREVENTIVA.)
Previa Censura
(Ossorio) La que se ejerce, sobre la prensa en especial, antes de darse al público. (V. CENSURA, LIBERTAD DE EXPRESION.)
Previo
(Ossorio) Anterior a algo. | De anticipación necesaria.
Previsibilidad
(Ossorio) Posibilidad de prever, en lo penal, las consecuencias dañosas de la acción, lo cual constituye negligenciaculposa, pero sin advertencia efectiva del resultado nocivo que transforma la conducta en plenamente dolosa.
Previsible
(Cabanellas) Susceptible de previsión. Que es objeto normalmente de previsión. (v. Caso fortuito.)
Previsible
(Ossorio) Lo que puede ser objeto de previsión (v.). | Lo habitualmente esperable de las cosas y de los hombres. (V. CASO FORTUITO.)
Prevision
(Cabanellas) Conocimiento anticipado, por ciertas señales o indicios. Conjetura. Adopción de medidas o procuración de medios para hacer frente a la imposibilidad, escasez, riesgo o daño futuro. SOCIAL. El conjunto de instituciones tendientes a hacer frente a los riesgos que se ciernen sobre las clases económicamente débiles y que se dirigen a implantar una cierta seguridad social: tales instituciones son los seguros sociales, las cooperativas y las mutualidades (Walker Linares).
Prevision
(Ossorio) Conjetura, conocimiento anticipado de algo. | Adopción de medidas para evitar o aminorar el mal o la adversidad.
Prevision Social
(Ossorio) Régimen también llamado por algunos de seguridad social (v.), cuya finalidad es poner atodos los individuos de una nación a cubierto de aquellos riesgos que los privan de la capacidad de ganancia, cualquiera que sea su origen (desocupación, maternidad, enfermedad, invalidez y vejez), o bien que ampara a determinados familiares en caso de muerte de la persona que los tenía a su cargo o que garantiza la asistencia sanitaria. Según la célebra frase de Beveridge, los seguros sociales deben proteger a las personas desde su nacimiento hasta su muerte. Los sistemas de previsión social son tantos y tan divergentes que impiden su explicación en una obra de la naturaleza de la presente. Dentro del régimen previsional, se encuentran sistemas incompletos. Uno de ellos está representado por el sistema jubilatorio argentino, complementado en parte por las leyes de reparación de accidentes del trabajo, enfermedad y maternidad. (V. CAJA DE JUBILACIONES, JUBILACION.)
Pridem Dudum
Mucho tiempo.
Prima
(Ossorio) Cantidad que, en el contrato de seguro (v.), cobra el asegurador al asegurado en compensación del riesgo que aquél afronta. Llámase también premio. | Suma que un comerciante percibe por cederle una operación a otro. | En lo bursátil, dinero que el comprador a plazo le abona al vendedor para poder rescindir el trato. | Premio en efectivo, o con descargo de impuestos, que el gobierno otorga a ciertos exportadores. | Sobresueldo que el trabajador percibe por una producción mayor o mejor que la normal.
Prima De Emision
(Ossorio) Sobreprecio con respecto al valor nominal o a la par, con que es lanzada una emisión de valores públicos o de empresas privadas para subscripción por los respectivos accionistas u obligacionistas. Tal prima no es frecuente, pero sí de estilo a veces para absorver los gastos y comisiones de la emisión, o de la ampliación del capital, cuando se trata de títulos con buena cotización bursátil en lo que respecta a la cuota preferente, a veces total, reservada a los poseedores de otras series de igual clase.
Primado
(Ossorio) En Derecho Canónico se denomina así un jerarca del orden episcopal que ocupa una posición intermedia entre el patriarca y el metropolitano (v.) y que preside a los arzobispos y obispos de una región determinada, generalmente una nación (L. A. Gardella).
Primae Noctis
(Ossorio) Loc. lat. De la primera noche. Con sentido más jurídico, se refiere a la noche de bodas, por la probable consumación matrimonial.
Prima Face
Primera luz.
Prima Facie
(Ossorio) Locución latina de uso frecuente en las actuaciones judiciales, que quiere decir a primera vista o en principio, con lo que se da a entender la apariencia de un derecho o de una situación, pero sin que con ello se prejuzgue el asunto.
Prima Facie
(Couture) I. Definición. A primera vista, aparentemente, lo que se advierte en una mera apreciación preliminar externa. II. Ejemplo. "En todos los casos, la calidad de la pena que debe recaer, se determinará... según pueda apreciarse prima facie" (CIC., 35). III. Indice. CIC., 35. IV. Etimología. Omissis. V. Traducción. Omissis.
Primera Copia
(Ossorio) Traslado de la escritura matriz (v.) que cada uno de los otorgantes tiene derecho a obtener por primera vez. Desaparecidos el protocolo, la escritura matriz o los expedientes originales, hacen prueba las primeras copias, scadas por el funcionario público autorizante. Para el registro de la hipoteca se ha de presentar, al oficial público encargado del oficio de hipotecas, la primera copia de la escritura de la obligación, cuando no se hubiere extendido en el mismo oficio (art. 3.138 del Cód. Civ. arg.).
Primera Copia
(Cabanellas) El traslado de la escritura matriz que cada uno de los otorgantes tiene derecho a obtener por primera vez.
Primera Instancia
(Couture) I. Definición. Etapa del proceso que va desde la demanda hasta la primera sentencia definitiva que sobre aquella se dicte. II. Ejemplo. "Todos los Jueces Letrados que conozcan en primera instancia de causas cuya importancia exceda de mil pesos, seguirán el procedimiento establecido en los artículos 589 y siguientes" (CPC., 636). III. Indice. CPC., 465, 636. IV. Etimología. Primero: procede del latín primarius, -ia, -ium, propiamente "primario", derivado de primus, -a, -um "primero". Dada la tendencia del latín vulgar --que perdura aún hoy en los romances modrnos-- de sustituir las palabras cortas por sus derivados o compuestos, primarius eliminó primus en el romance hispánico y francés. V. Traducción. Véase Instancia.
Primera Instancia
(Cabanellas) El primer grado jurisdiccional, cuya resolución cabe impugnar libremente por las partes ante el tribunal jerárquicamente superior. (v. Juez y Juicio de primera instancia; Segunda instancia.)
Primera Instancia
El primer grado jurisdiccional en el cual tienen lugar las actuaciones alegatorias y probatorias de las partes, quedando concretada la litis, y resuelta//En materia penal, también llamada juicio, es el procedimiento durante el cual el Ministerio Público precisa su pretensión y el procesado su defensa ante el Juez, quién valora las pruebas y pronuncia sentencia definitiva.
Primera Instancia
(Ossorio) V. INSTANCIA.
Primera Internacional
(Ossorio) Asociación Internacional Socialista que se constituyó el año 1864 como consecuencia del Manifiesto comunista (v.) de Marx y Engels. Su finalidad era la unión del proletariado para avanzar en sus reinvindicaciones sociales y apoderarse del poder político. Constituye el antecedente inmediato de la Asociación Internacional de Trabajadores. Fue disuelta en el Congreso de Fidadelfia de 1876, a consecuencia de la lucha que mantenían los socialistas y los anarquistas, estos últimos dirigidos por Bakunin.
Primer Ministro
(Ossorio) En Gran Bretaña, en sus antiguos dominios y colonias, y en países que los han imitado, el jefe del gobierno, que nombra el jefe del Estado: un monarca o un presidente de república parlamentaria.
Primicias
(Ossorio) V. DIEZMOS Y PRIMICIAS.
Primo
(Ossorio) Vínculo de parentezco que une entre sí a los hijos de hermanos o hermanas o a los hijos de otros parientes que equidistan de un tronco común. Los primeros se llaman Primos carnales o primos hermanos; los ulteriores, los que tiene bisabuelo común, primos segundos. Aquéllos se hallan en el cuarto grado colateral; estos otros, en el sexto. Unos y otros suelen marcar el límite sucesorio intestado en las modernas legislaciones en la rama colateral.
Primogenito
(Ossorio) Llámase así el hijo que nace primero. (V. PRIMOGENITURA.)
Primogenitura
(Ossorio) Dignidad, prerrogativa o derecho del primogénito (v.); o sea, el, del hijo que nace primero. En las legislaciones actuales es una institución carente de contenido, porque, en materiasucesoria, la legítima de los hijos es igual para todos, y, en otro orden de derechos u obligaciones, tampoco existen diferencias apreciables, pues ellos están limitados a cosas muy concretas y excepcionales, como para establecer, en el supuesto de parto múltiple, cuál de los hijos tendrá la calidad de primer nacido a efectos de desempeñar la tutela o la curatela sobre ciertos parientes menores o incapaces, así como también para eximirse de la prestación del servicio militar cuando la madre es viuda. La primogenitura tuvo importancia jurídica en las legislaciones, algunas de las cuales han llegado hasta no muy lejanos tiempos, que mantenían la institución del mayorazgo, en virtud de la cual el hijo mayor tenía privilegiados derechos hereditarios. (V. MAYORAZGO, MELLIZOS.) La institución posee inmensa trascendencia en las monarquías hereditarias, ya que la corona se transmite, en principio, de primogénito varón en primogénito varón, con relegación de las ramas femeninas o con total exclusión de ellas, allí donde impera la llamada ley sálica (v.).
Primum Est Esse Quam Operari
Primeramente es ser que obrar. Más correctamente se escribe: Prius est esse quam operari.
Primum Frigidum
El frío puro o absoluto. Sustancia elemental según la doctrina de Parménides (540-450 a.C.)
Primum Movile
El primer móvil. En los sistemas astronómicos antiguos era llamado primum movile, el primer cielo móvil, el cielo (círculo sólido o fluido, lugar de los cuerpos celestes), inmediato al empíreo (inmóvil), el cual en su movimiento de Oriente a Occidente arrastraba a todos los cielos inferiores, siendo por eso causa del movimiento diurno de los astros.
Primum Oratoris Officium...
El pirmer deber del orador...
Primum Vivere, Deinde Philosophari
Lo primero es vivir, después filosofar. Se ignora el verdadero autor de esta máxima. Algunos la atribuyen a Tomás Hobbes (1588-1679), pero es más antigua. Se usa irónicamente refiriéndose a los que no son buenos para ganarse la vida, y son, en cambio, aficionados a discutir. También se dice: primo vivere, deinde philosophari.
Primus Inter Pares
(Ossorio) Locución latina. Primero entre iguales, lo que otorga a las jefaturas una primacía honorífica, sin superioridad efectiva sobre los demás en el ejercicio.
Primus Inter Pares
El primero entre sus semejantes o iguales.
Princesa
(Ossorio) Esposa de un príncipe (v.). | La que es por sí jefa del Estado que constituye un principado. | En España, heredera del trono en otros tiempos. | En otras cortes monárquicas, toda hija del rey.
Principado
(Ossorio) Dignidad de príncipe o princesa (v.). | Territorio sobre el cual gobierna. | En Roma, el período que va del año 27 a. C., cuando Augusto asume el poder total.
Principal
(Ossorio) Primero. | Superior. | Preferente. | Primordial. | De mayor importancia. | De mejor calidad. | Lo esencial y fundamental, por oposición a lo accesorio (v.). | Lo que puede existir con independencia, sentido en el cual se habla de que es un contrato principal la compraventa, mientras no puede serlo la fianza, dependiente de otra convención o relación jurídica (Dic. Der. Usual).
Principal
(Cabanellas) Primero. Superior. Preferente. Primordial. De mayor importancia. De mejor calidad. Lo esencial o fundamental por oposición a lo accesorio. Lo que puede existir con independencia; en cuyo sentido se habla de que es un contrato principal la compraventa, mientras que no puede serlo la fianza, dependiente de otra convención o relación jurídica.
Principal
(Couture) I. Definición. 1. Parte de primera importancia en un escrito judicial o documento. --2. Poro oposición a incidental, la parte del juicio en que se debate el fondo mismo del conflicto y no las cuestiones accesorias que se promueven con occasión de él. --3. Empleador; jefe de la empresa. II. Ejemplo. 1. "A lo principal, como se pide" (Fórmula de estilo en las providencias judiciales). --2. "Los incidentes que impiden la prosecución de la demanda principal, se sustanciarán en la misma pieza de autos, quedando entre tanto suspensoel curso de aquélla" (CPC., 748). --3. La falta de formalidades prescritas por el artículo anterior, sólo produce efecto entre el principal y su factor" (C. Com., 135). III. Indice. CPC., 748; COT., 51, C. de Com., 135. IV. Etimología. Del latín principalis, -e "principal" o "lo más importante", derivado de princeps, ipis "príncipe", literalmente "el que toma primero" y capio, -ere "tomar". El origen de esta palabra latina se pierde en las tinieblas de la prehistoria, pero su significado literal señala que el princeps era una persona que, por su posición social, tenía derecho a elegir lo mejor, tomando primero, aunque no se sabe si esto sucedía en las comidas, en los sacrificios, ceremonias religiosas, reparto de botines etc., o en todas y cada una de estas ocaciones. Principalis es, en cambio, un derivado posterior que significa literalmente "relativo o perteneciente al prícipe" y, por ende, "principal, importante". V. Traducción. Francés, Principal; Italiano, Principale; Portugués, Principal; Inglés, Principal; Alemán, Hauptsächlich.
Principal Obligado
(Ossorio) El mayor deudor. | El deudor, a diferencia de fiadores y avalistas. | El máximo responsable. | Aquel sobre el cual pesan los más ineludibles deberes.
Principe
(Ossorio) El primogénito de un monarca y por ello presunto sucesor. | Cualquiera de los hijos de los reyes en la corte inglesa y, en su tiempo, en la de Francia. | Jefe político de un principado (v.). | Título de los emperadores romanos desde Augusto en adelante.
Principe De Asturias
(Ossorio) Hasta 1931, y desde 1388, título del heredero de la corona de Castilla y, desde los Reyes Católicos, de la de España.
Principe De Gales
(Ossorio) Nombre honorífico del sucesor de la corona británica.
Principe De Los Apostoles
(Ossorio) Sobrenombre de San Pedro, por haberlo designado Jesucristo cabeza de la Iglesia entre sus primeros y principales discípulos. Tal dignidad se sucede desde hace 20 siglos en el pontificado (v.).
Principiis Obsta Sero Medicina Paratur
Verso de Ovidio en sus Remedia Amoris que se aplica lo mismo en sentido propio que figurado, para expresar que las pasiones del alma, como las enfermedades, deben combatirse desde el comienzo para que no se agraven de tal modo que resulte todo remedio impotente para dominarlas o curarlas.
Principio
(Cabanellas) Primer instante del ser, de la existencia, de la vida. Razón, fundamento, origen. Causa primera. Fundamentos o rudimentos de una ciencia o arte. Máxima, norma, guía. DE PRUEBA POR ESCRITO. Para el art. 1.192 del Cód. Civ. arg. lo es “cualquier documento público o privado que emane del adversario, de su causante o parte interesada en el asunto, o que tendría interés si viviera y que haga verosímil el hecho litigioso”. El art. 209 del Cód. de Com. reproduce los mismos términos; pero omite expresamente las palabras finales, esto es: “y que haga verosímil el hecho litigioso”.
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