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Diccionario legal

Más de cuatro mil términos y expresiones para su uso y referencia

Mensajero
(Ossorio) El que lleva alguna noticia, despcho, informe o recado. | Portador de una comunicación verbal o escrita. | En la Argentina, el que en España se llama botones: muchacho joven encargado de llevar o traer papeles u objetos, y verificar distintas comisiones y recados, por lo general fuera del establecimiento o entre diferentes dependencias de una casa u oficina. Laboralmente se equipara el mensajero al aprendiz y goza de la protección concedida al trabajo de los menores, si se encuentra en tal edad.
Mensualidad
(Ossorio) Sueldo que se percibe cada mes, como es práctica y deber en la mayoría de los empleos liberales y administrativos. | Cantidad que todos los meses se pasa a una persona para su sustento. Puede constituir obligación legal, como en el caso de alimentos (v.) forzosos o por legados de tal índole.
Mensura
(Couture) I. Definición. Operación técnica consistente en la delimitación de una propiedad inmueble, con determinación de sus medidas, y seguida, normalmente, de un plano que constituye la representación gráfica, en reducida escala, de la superficie determinada. II. Ejemplo. "Deducida la pretensión con los requisitos necesarios, el Juez mandará practicar la operación de mensura" (CPC., 1215). III. Indice. CPC., 1231, 1232, 1233, 1234, 1236, 1237, 1242, 1244, 1245. IV. Etimología. Del latín mensura, -ae, derivado del verbo metior, -iri (perfecto mensus sum) "medir". V. Traducción. Francés, Mesure, Arpentage; Italiano, Misura; Portugués, Medição; Inglés, Measurement, mesuration; Alemán, Vermessung.
Mensura
(Ossorio) Toda acción de medir. | Más en especial, la de fincas rústicas o urbanas, para determinar su cabida o fijar y señalar sus límites. (V. AMOJONAMIENTO, DESLINDE Y AMOJONAMIENTO.)
Mera Tenencia
(Couture) I. Definición. Ocupación de un bien mueble o inmueble, sin ánimo de dueño ni derecho de posesión o de arrendatario, sino por delegación, ignorancia o mera tolerancia del dueño. II. Ejemplo. "Podrán también pedir que se restablezcan las cosas en el estado en que antes se hallaban, los que han sido despojados de la mera tenencia" (CPC., 1187). III. Indice. CPC., 1187. IV. Etimología. Mero procede del latín merus, -a, -um, originalmente "puro, sin mezcla", de donde "verdadero, sin adición" y finalmente "solo, nada más que". Tenecia del latín medioeval tenentia, -iae, derivado de teneo, -ere "tener (asido)". V. Traducción. Omissis por falta de equivalencia idiomática.
Mercader
(Ossorio) El que trata o comercia con géneros vendibles. Sin más, sinónimo de comerciante (v.) según el decir de otros tiempos.
Mercaderia
(Ossorio) Mercancía. Se denomina mercadería todo género vendible, cualquier cosa mueble que se hace objeto de trato o venta. El Código Penal argentino define la palabra mercadería como toda clase de efectos susceptibles de expendio.
Mercaderia
(Cabanellas) Mercancía o género de comercio. Cuanta cosa mueble es objeto del tráfico mercantil, con inclusión de los semovientes En épocas de esclavitud, constituían también mercadería los hombres. Y todavía, en la trata de blancas, se habla de mercadería para referirse a las explotadas en ese tráfico. Más genéricamente aún, todo lo susceptible de compra o venta lucrativa, en tiendas, almacenes, ferias, mercados, lonjas, bolsas u otro local, centro o establecimiento mercantil. (v. Mercancía.)
Mercado
(Ossorio) Corrientemente se dan a esta palabra dos acepciones distintas: el lugar público donde se reunen diversos individuos para la venta de productos de uso común, estando generalmente sometidos esos lugares a reglamentación municipal. | También, el conjunto de las transacciones que se efectúan en en una plaza o que se refieren a ciertas mercaderías. Esta segunda actividad es que desarrolla principalmente en lo que se llama bolsa de comercio (v.). Complementariamente, población o comarca de gran influjo en la vida mercantil nacional o internacional. | Estado comprador de otro en cuanrto a los artículos que produce y exporta. | Adquisición de los alimentos para el consumo del hogar.
Mercado Abierto
(Ossorio) Mercado de títulos y valores no sujetoa restricciones formales en cuanto al ingreso a sus operaciones y el modo de realización de éstas.
Mercado Al Contado
(Ossorio) En las negociaciones bursátiles, aquellas operaciones en que la entrega y abono de los títulos o mercaderías se efectúa en el acto o dentro de un plazo por demás reducido. Se contrapone al mercado a término (v.).
Mercado Bursátil
Aquel en el que las transacciones se realizan en bolsa.
Mercado Comun Europeo
(Ossorio) Cuan do en 1951 se firmó el tratado que creaba la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, se pensó que esta debía representar el primer paso hacia una integración de todos los aspectos de la economía europea. En junio de 1955 se reunió en Messina una conferencia a la que concurrieron los cancilleresde Italia, Alemania, Bélgica, Francia, Holanda y Luxemburgo. Estos llegaron a la conclusión de que la primera etapa que debía cumplirse para lograr la unidad europea debía ser de carácter económico y propusieron la creación de mercado común. Para ello correspondía reducir gradualmente las barreras aduaneras, unificar las tarifas exteriores, establecer un fondo europeo de inversiones, así como propender a la creación de las instituciones cecesarias para concretar dicho mercado. A partir de la fecha mencionada se realizó una serie de gestiones, que culminaron finalmente en 1957 en Roma, don de se suscribieron los tratados conrrespondientes. Se estableció que el primero 1º de enero de 1958 éstos entrarían en vigor. En el preámbulo del tratado que creó la Comunidad Económica Europea o Mercado Común Europeo, se estableció que su propósito era echar las bases de una verdera unión entre los países europeos, a fin de asegurar su progreso económico y social y procurar el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo. Además se quería garantizar el equilibrio de los intercambios, la lealtad en la competencia y la eliminación de las barreras económicas y aduaneras que dividían a Europa. Para lograr esos objetivos consideraron que era necesario no solo la eliminación gradual de las barreras aduaneras que existieran entre los Estados miembros, sino también la abolición de los obstáculos que dificultaban la libre circulación de personas, servicios y capitales, la coordinación de las distintas políticas económicas y la fijación de una tarifa externa común. Al firmarse el Tratado de Roma se consideró necesario fijar un período de transición de doce años, previo a la creación definitiva del Mercado Común Europeo. Este período fue subdividido en etapas sucesivas de cuatro años, a cada una de las cuales se le asignó una tarea específica. Por otras claúsulas del Tratado se crearon los órganos que debían regir el Mercado Común Europeo. Estos son: un Concejo de Ministros, una Comisión Especial y, además, la Asamblea Parlamentaria Europea y el Tribunal de Justicia, que extiende también su competencia sobre la Comunidad del Carbón y del Acero (C. E. C. A.) y sobre la de la Energía Atómica (E. U. R. A.-T. O. M.) A pesar de que la creación del Mercado Común Europeo tropezó, al comienzo, con la enconada oposición de los países del bloque comunista y también de los que intengran el llamado Tercer Mundo, tras varios años de vigencia, logró superar los obstáculos que trababan su desarrollo y se amplió con la incorporacíon de Gran Bretaña, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España y Portugal.
Mercado De Valores
(Ossorio) Designación del conjunto de acciones, títulos y efectos mercantiles, privados y públicos, que se negocian en bolsa, con expresión con expresión de sus cotizaciones en la última sesión celebrada o en otro lapso a que se haga referencia. Se trata de una actividad especulativa en gran parte, sin excluir la provisión de fondos que los titulares de los valores consiguen enajenándolos cuando quieren, y la inversión que puede significar para los que cuentan con capitales disponibles y juzgan sólida y remuneratoria la adquisición de esos títulos; a todo lo cual se suman las ventas y compras basadas en las ganancias por el alza o baja actual o las previsibles a cierto plazo. (V. BOLSA DE COMERCIO.)
Mercado Extrabursátil
Aquel en el que las transacciones se realizan fuera de bolsa.
Mercado O Termino
(Ossorio) El bursátil en que las operaciones se difieren, entre las partes que las convienen, para liquidación o ejecución una vez transcurrido el lapso que estipulan. (V. MERCADO AL CONTADO.)
Mercados Y Ferias
(Ossorio) Reunión de mercaderes y negociantes en lugares y días señalados para vender, comprar y permutar ropas, ganados, frutos y otros géneros o mercaderías. | También, los mismos lugares o sitios en que se verifica la concurrencia (Escriche). Como norma general puede decirse que las ferias y mercados, que pueden tener carácter transitorio o cierta permanencia, se rigen por las normas de una reglamentación municipal.
Mercancia
(Cabanellas) Cosa mueble que es objeto de compra, venta, transporte, depósito, corretaje, mandato, fianza, seguro u otra operación mercantil; o sea, de actividades lucrativas en el tráfico, más o menos directo, entre productores y fabricantes, y otros comerciantes o el público en general. Cualquier género o producto vendible. Comercio; trato lucrativo con artículos o productos. Compraventa mercantil.
Mercancía
(Ossorio) Mercadería (v.).
Mercante
(Ossorio) Referente al comercio (v.) y, ´más aun al que se verifica por barcos destinados al tráfico de pasajeros y cargas.
Mercantil
Relativo al tráfico comercial, al comerciante individual o sociedades mercantiles.
Mercantil
(Ossorio) Propio del comercio y de los comerciantes, como el Derecho Mercantil (v.). | Comercial. | Lucrativo.
Mercantil
(Cabanellas) Concerniente al comercio, al comerciante o a las mercaderías. Comercial. Lucrativo. Regulado por la legislación mercantil, como es nota característica de tantos contratos, similares en esencia a los del Derecho Común o Civil.
Mercantilismo
(Ossorio) Considerado como teoría económica, hasido definido de distintas maneras a lo largo de la historia, pero la mayoría de los autores coinciden de poner de manifiesto una serie de elementos que recalcan su carácter nacionalista, limitado y egoista. Según Arthur Birnie, el mercantilismo no era un sistema económico científico, ya que partía dela convicción de que el comercio debía desarrollarse como una guerra en la que un país había de triunfar sobre otro por medio de una reglamentación egoista. Cunningham lo consideró como la manisfestación económica del afán de dominio de los monarcas de ciertos países, especialmente de Inglaterra. Para Mariano Gomez es un sistema de política comercial interior y exterior, que mediante el empleo de diversos procedimientos, tiende a fomentar y engrandecer las industrias nacionales, , a fin de obtener una balanza de comercio favorable. (V. PROTECCIONISMO.)
Mercantilista
Jurista experto en Derecho mercantil.
Mercantilista
(Ossorio) El especializado en Derecho Mercantil (v.). | Defensor del mercantilismo (v.) en su proyección aconómica general.
Mercantilista
(Cabanellas) Especialista en Derecho Mercantil. Partidario del mercantilismo económico.
Mercenario
(Ossorio) Asalariado en general. | Campesino o trabajador del campo remunerado a jornal. | Soldado voluntario que recibe paga por el tiempo de su enganche, sea nacional o extranjero.
Meretriz
(Cabanellas) Mujer pública, ramera, prostituta.
Merindad
(Ossorio) Jurisdicción, potestad y dignidad de un antiguo merino (v.).
Merino
(Ossorio) Nombre que en el antiguo Derecho español se designaba el funcionario público que ponía el rey el algún territorio, para ejercer jurisdicción dentro de éste. | También oficial inferior de justicia que ejecutaba las órdenes de un corregidor. | Asimismo se llamaba merino el ganado trshumante que se trasladaba de una región a otra para cambiar de pastos.
Merito
(Cabanellas) Hecho determinante de una valoración positiva (premio o recompensa) o de una estimación negativa (castigo o pena). Calidad de las buenas obras, que se hacen acreedoras y hacen digno a su autor, del aprecio, la fama, el galardón o el beneficio material. Valor de las cosas. Teológicamente, bondad moral y sobrenatural de aquellas acciones humanas, que son dignas de la divina recompensa.
Merito
(Couture) I. Definición. 1. Dícese, por oposición a forma, de la sustancia o esencia de la cuestión debatida en un proceso. --2. Motivo, razón, procedencia. II. Ejemplo. 1. "Se habló, entonces, de "presupuestos de la desición sobre el mérito del juicio" (Couture, Fundamentos, 47). --2. "En el desistimiento, cuando no haya conformidad de partes, la que desiste pagará todas las costas y aún los costos, si para ello hibiese mérito a juicio del Juez" (CPC., 532). III. Indice. CPC., 532. IV. Etimología. Del latín meritum, -i, neutro singular sustantivado de meritus, -a, -um, propiamente "cobrado, percibido", participio pretérito del verbo mereo, -ere o mereor, -eri "cobrar, percibir". Meritum forma parte del grupo de participios sustantivados referentes a operaciones con dinero, que se describe bajo el título Depósito. En el lengaje militar, pronto pasó a significar: "salario", y en el lenguaje comú "precio, valor"; de donde "servicios realizados" (= lo que se ha de cobrar), y finalmente "mérito". Una evolución semántica análoga ha sufrido también, en forma secundaria, el verbo mereor, llegando a significar "merecer". V. Traducción. Francés, Mérite; Italiano, Merito; Portugués, Mérito; Inglés, Merits, Ground of action; Alemán, Gegenstand; Grund.
Merito Del Proceso
(Ossorio) Según la definición de Couture, la sustancia o esencia de la cuestión debatida, por oposición a la forma. | De acuerdo con la Academia de la lengua, se habla de méritos del proceso con referencia al conjunto de pruebas y razones que resultan de él y que sirven al juez parta dar su fallo.
Meritos Del Proceso
(Cabanellas) También se habla de méritos de los autos o de la causa; y no son sino las pruebas, antecedentes y razones resultantes del proceso y que constituyen la base a que ha de atenerse el juez para dictar sus resoluciones y para sentenciar en definitiva con justicia, “según lo alegado y probado”, locución análoga en el fondo.
Mero Imperio
(Cabanellas) Potestad que reside en los soberanos, y por su disposición en los jueces y magistrados, para imponer a los delincuentes Ia pena que corresponda.
Mero Imperio
(Ossorio) Potestad que recide en los soberanos, y, por su disposición, en los jueces y magistrados, para imponer a los delincuentes la pena que corresponda (Dic. Der. Usual).
Mes
(Cabanellas) Cada una de las doce partes en que se divide el año.
Mesa
(Ossorio) Presidencia de una corporación o asamblea. | Conjunto de ciertas rentas eclesiásticas.
Mesada
(Cabanellas) Salario, sueldo, renta u otra cantidad de dinero que se entrega o se recibe mensualmente, sea por anticipado (como en los alimentos) o por meses vencidos (como es habitual en los trabajos).
Mesa Electoral
(Ossorio) La compuesta por un presidente y varios vocales que cumplen con la función de recibir y recontar los votos, y casi siempre con la de efectuar el escrutinio, en una elección de carácter público o de índole privada, con sujeción a la respectiva ley o al estatuto o reglamento del caso.
Mesocracia
(Ossorio) Palabra griega con la que se alude a la preponderancia o mando de los que están en medio; es decir, entre la aristocracia y el proletariado. Corrientemente quiere decir gobierno de la clase media.
Mesta
(Ossorio) Según la definición de Escriche, "el cuerpo y hermandad de pastores y dueños de ganados trashumantes, representado por una junta o concejo que suele reunirse dos veces al año, bajo la presidencia, antiguamente, de un ministro del Supremo Consejo de Castilla, y ahora de la persona propuesta por la misma junta y aprobada por el gobierno, para tratar los negocios concernientes a los ganados y gobierno económico de ellos". Según la acepción dada por la Academia de la lengua, el "agregado o reunión de los dueños de ganados mayores y menores que cuidaban de su crianza y pasto, y vendían para el común abastecimiento". Concejo de la Mesta (v.) se llamó a la junta que los pastores y dueños de ganados tenían anualmente para tratar de los negocios concernientes a sus ganados o gobierno económico de ellos, y para distinguir y separar los mostrencos (v.) que se hubiesen mezclado con los suyos. El origen de este Concejo es muy antiguo, puesto que ya se hablaba de él en un privilegio otorgado por Alfnso el Sabio en 1275. Aun cuando la etimología de la palabra mesta es muy discutida, parece predominar el criterio de que deriva de la voz latina mixta, participio pasado de miscere (mezclar), por cuanto la concurrencia de diversos hatos y manadas producía una mezcla, cuyas unidades, para determinar la propiedad sobre éstas, se distinguían por lo hierros y señales.
Mestizo
(Ossorio) El que nace de padres de distinta raza. | Más en especial, el hijo de blanco e india o de indio y blanca, de gran importancia en la etnografía americana.
Metafisica En El Derecho
(Ossorio) Ontología jurídica (v.).
Metodo
(Ossorio) Manera de hacer o decir, de exponer o actuar. | Hábito o costumbre personal. | Procedimiento científico o didáctico. | Orden, sistema.
Metodo
(Cabanellas) Modo de hacer o manera de decir según un orden conveniente para la claridad y comprensión de lo que se exponga o para la eficacia y sencillez de lo que se realice. Proceder, conducta. Hábito personal. Procedimiento científico para la investigación y enseñanza de la verdad. Orden. COMPARATIVO. En el estudio del Derecho, el que se apoya en la exposición de las diferencias entre las diversas instituciones jurídicas, para apreciar su coherencia o precisar sus peculiaridades. DEDUCTIVO. El fundado en los principios admitidos generalmente como ciertos o establecidos previamente cual verdaderos, ya por su evidencia, ya por su demostración lógica. (v. Inducción, Método inductivo.) EXEGETICO. En lo jurídico, el que utiliza como procedimiento de exposición, enseñanza, construcción científica o aplicación práctica el estudio de los textos positivos, cuya interpretación y sistematización procura. (v. Exégesis.) INDUCTIVO. El que, partiendo de las observaciones de los fenómenos o hechos jurídicos, elabora los principios que rigen o deben regir una institución. (v. Inducción, Método deductivo.) JURIDICO. La suma de procedimientos lógicos para la investigación de las causas y de los fines del Derecho, para el conocimiento e interpretación de sus fuentes, para la estructura de sus textos positivos y técnicos y para la enseñanza y difusión del mismo, principio rector y obligatorio de la convivencia social en sus categorías fundamentales. HISTORICO. El utilizado por la Escuela histórica alemana, y seguido por Savigny, Puchta, Gierke y otros. Considera que el estudio de la historia demuestra que cada pueblo tiene, en cada época de su vida, leyes e instituciones adecuadas a su manera de ser, reflejo del espíritu del pueblo, el cual actúa sobre las costumbres y tradiciones hasta convertirse en normas jurídicas de aplicación coercitiva. SOCIOLOGICO. Llamado asimismo positivo, por inspirarse en el positivismo de Comte y Spencer, ha sido concretado por el sociólogo francés Durkcheim para lograr el conocimiento y sistematización lógicos de los hechos sociales. Consiste este método “en rechazar todas las construcciones hipotéticas y apriorísticas en filosofía, historia y ciencia; y en confinarse en los datos proporcionados por la observación empírica y la conexión de los hechos en sí, buscando las relaciones de causa a efecto, para establecer leyes científicas inamovibles, igual que las ciencias naturales”.
Metodo De Interpretacion
(Ossorio) En Derecho se llama método de interpretación el proceso discursivo mediante el cual se aprehende el sentido de las normas jurídicas o el de los actos humanos regulados por éstas (J. C. Smith).
Metodo Juridico
(Ossorio) La suma de procedimientos lógicos para la investigación de las causas y de los fines del Derecho, para el conocimiento e interpretación de sus fuentes, para la estructura de sus textos positivos y técnicos y para su enseñanza y difusión, en el amplio panorama del Diccionario de Derecho Usual.
Metodos De Colaboracion En La Empresa
(Ossorio) Los distintos sistemas de cooperación, gestión conjunta o injerencia de los trabajadores en las empresas a que pertenecen. Sus varios aspectos de mayor relieve se puntualizan en las voces: ACCIONARIADO y CONTROL OBRERO; PARTICIPACION LABORAL y EN LAS UTILIDADES (v.).
Metro
(Cabanellas) Unidad de longitud, fundamental del sistema métrico decimal.
Metropoli
(Ossorio) Ciudad principal o capital de un Estado. | La nación con respecto a sus colonias. | En Derecho Canónico, la iglesia arzobispal de la dependen otras sufragáneas.
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Humor Lexivox murphy

Variación de O’Brien a la observación de Etorre

Si cambia de cola, la que acaba de dejar empezará a avanzar más deprisa que la nueva.

Corolario de Kenton

Si vuelve a la primera, lo único que conseguirá es que se produzca un tumulto y todo el mundo se mosquee con usted.

Sonreir otro poco...

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