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Nro. de norma
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País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
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ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley agosto/1828
Autorización al Ejecutivo provisorio para nombrar interinamente prefectos, con las dos terceras partes de sueldo; como también magistrados, jueces y gobernadores, con el sueldo integro. Al artículo 1° de esta ley se refiere el 9° del decreto de 28 de noviembre de 1831.
Los generales Andres Santa - Cruz y Jose Miguel de Velasco, son nombrados Presidente y Vicepresidente provisorios de la República. Esta ley se ha renovado por la de 15 de julio de 1831
El Vicepresidente de la República José Miguel de Velasco, se encargará de la administración del Estado, durante la ausencia del Presidente Andres Santa Cruz
Admite al Gran Mariscal de Ayacucho, la renuncia de la presidencia de la República, y le vota una espresión de la gratitud nacional, por sus eminentes servicios: se confiará la autoridad Ejecutiva, á un Presidente y Vicepresidente provisorio, y responsables: que se sujeten á la Constitución
El Congreso constitucional deroga el artículo 3° de la ley de 11 de enero de 1827, y declara que continuará sus sesiones por el tiempo que crea necesario.
Ley enero/1827
Decreta indemnizaciones, en billetes del crédito público, a favor de los bolivianos que por su adhesión á la causa de la independencia emigraron &c, calidades que deben tener: son abonables las cantidades que existían en cajas en clase de deposito, y fueron tomadas por los gobiernos independientes: que el Gobierno nombre quien haya de examinar los documentos. A esta ley se refieren el decreto de 13 del mismo, el de 24 de febrero y las circulares de 20 de septiembre del propio año, y de 12 de enero de 1828.
Receso del Congreso constituyente: que el Ejecutivo dicte los decretos necesarios para planificar el réjimen constitucional: época para la que de ser convocado el congreso constitucional, y cuando puede serlo el constituyente. A esta ley se refiere el decreto de 9 de julio de 1828: su artículo 3° se derogo por la ley de 12 de agosto de dicho año 28°.
Plan de enseñanza, mediante el establecimiento de escuelas primarias, secundarias y centrales; colejios de ciencias y artes, un instituto nacional, sociedades de literatura, y maestranzas de artes y oficios. Con el cap. 1° de esta ley tienen analojía el decreto de 9 de mayo y orden de 21 del mismo de 1830, la ley de 28 de septiembre de 1831, y las órdenes de 6 de enero y 24 de abril de 1833; su cap. 2° esta ampliado por el reglamento de 28 de octubre del mismo año 27: los capítulos 3° y 4° se han refrendado por la ley de 23 de agosto de 1831; y el cap 5° se halla alterado por el decreto y reglamento de 27 de febrero de 1830.
Sobre los procedimientos en la administración de justicia. Esta ley se ha derogado por el código de Procederes Santacruz
Se declara que la ilejitimidad de natales, no impide optar cargo alguno: que los hijos naturales reconocidos sean herederos necesarios de sus ascendencias ú falía de lejitimos; lo mismo que los espurios de su madres. Los artículos 2°, 3° y 4° de esta ley, están corroborados por el 166,507,509, y 606 del código Civil Santacruz.
Los efectos introducidos por el puerto Lamar, paguen el dos por ciento de derechos: en caso de aumentarse, se anunciará un año antes. Esta ley explicada por la resolución de 29 de noviembre del mismo año, se altero por el decreto de 2 de julio de 1829
Que á los bolivianos poseedores de fundos en la Peninsula, puedan acudirles el Ejecutivo, con los frutos de las posesiones que tengan en Bolivia los residentes en aquel país.
Donde no pudiesen hacerse efectivas las contribuciones directas, pueda el Ejecutivo restablecer las indirectas.
Nueva denominación de la ciudad de la Paz, villa de la Laguna, y pueblos de Sinti, Chulumani, y Coroico: los pueblos de Irupana y Sorata se erijen en villas con otros nombres, y la de Tarija en ciudad.
Que el Ejecutivo apruebe el reglamento y los gastos, que la administración jeneral del crédito público determine según ley.
Fórmula de Glyme del éxito
El secreto del éxito es la sinceridad. En cuanto pueda fingirla, lo habrá conseguido.
Sonreir otro poco...
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