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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley julio/1831
Gobierno del Mariscal Andres Santa-Cruz. Aprueba los actos de la administración discrecional y todas las disposiciones expedidas del Gobierno expedidas durante ella, rijan en la República.
Corte Superior de Cochabamba. Erección, organización, número y sueldo de sus individuos; distrito de su jurisdicción. Esta Ley no se ha llevado a efecto por el decreto de 5 de junio de 1832
Presidente y Vicepresidente Provisiorios de la Republica. Son nombrados: juramento que deben prestar.
Se concede al Jeneral de división José Miguel de Velasco, el grado de Mayor Jeneral
Mariscal Andres de Santa Cruz. Es nombrado Capital Jeneral de Bolivia: que además se le denomine Gran Ciudadano, Restaurador de la Patria.
Se anuncia la reforma de la Constitución del ano 26; la Asamblea nacional se declara Constituyente; que la República sea administrada por un Presidente y Vicepresidente provisorios; sus atribuciones y restricciones; quienes pueden acusarles, y por que delitos; el Presidente sea Dictador, en que casos y por cuanto tiempo.
Negociaciones Diplomáticas.- Aprueba la conducta del Ejecutivo con el Gobierno del Perú
Que se vote una misa solemne con Tedeum para la instalación de la Asamblea nacional.
Ley agosto/1828
El Congreso constitucional deroga el artículo 3° de la ley de 11 de enero de 1827, y declara que continuará sus sesiones por el tiempo que crea necesario.
Admite al Gran Mariscal de Ayacucho, la renuncia de la presidencia de la República, y le vota una espresión de la gratitud nacional, por sus eminentes servicios: se confiará la autoridad Ejecutiva, á un Presidente y Vicepresidente provisorio, y responsables: que se sujeten á la Constitución
Convocatoria de una Asamblea convencional para el 1° de noviembre en Chuquisaca: su objeto: miembros que han de componerla: el presidente que elija sea nacido en bolivia.
El Vicepresidente de la República José Miguel de Velasco, se encargará de la administración del Estado, durante la ausencia del Presidente Andres Santa Cruz
Autorización al Ejecutivo provisorio para nombrar interinamente prefectos, con las dos terceras partes de sueldo; como también magistrados, jueces y gobernadores, con el sueldo integro. Al artículo 1° de esta ley se refiere el 9° del decreto de 28 de noviembre de 1831.
Los generales Andres Santa - Cruz y Jose Miguel de Velasco, son nombrados Presidente y Vicepresidente provisorios de la República. Esta ley se ha renovado por la de 15 de julio de 1831
Ley enero/1827
Decreta indemnizaciones, en billetes del crédito público, a favor de los bolivianos que por su adhesión á la causa de la independencia emigraron &c, calidades que deben tener: son abonables las cantidades que existían en cajas en clase de deposito, y fueron tomadas por los gobiernos independientes: que el Gobierno nombre quien haya de examinar los documentos. A esta ley se refieren el decreto de 13 del mismo, el de 24 de febrero y las circulares de 20 de septiembre del propio año, y de 12 de enero de 1828.
Ley de Bloom
Los chistes del juez siempre son graciosos.
Sonreir otro poco...
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