CONSIDERANDO:

  • 1° Que la ley de 3 de noviembre de 1826, reservó á la deliberación de las cámaras Legislativas, la renuncia que hizo de la presidencia del Estado el Gran Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre.
  • 2° Que de conformidad á esta ley, el Gran Mariscal de Ayacucho ha presentado su renuncia a las cámaras que debieron reunirse el dia 6 de agosto
  • 3° Que por la ley del dia de ayer ha sido suspendida la reunion de las cámaras, porque el Congreso continúa sus seciones.
  • 4° Que el artículo 82 de la Constitución previene, que á falta de Presidente y Vicepresidente, se encargue del Gobierno el Consejo de Ministros, presidido por el más antiguo, solo hasta la reunión del cuerpo Legislativo;

DECRETA:

Artículo 1°.- El Congreso constituyente extraordinariamente reunido, admite al Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, la renuncia que hizo de la presidencia de la República el 6 de octubre de 1826, y que ha ratificado en su mensaje al Congreso, el 2 del corriente.

Artículo 2°.- El Congreso constituyente, á nombre de la nación Boliviana, vota al Gran Mariscal de Ayacucho una expresión de la gratitud nacional, por los eminentes servicios que ha prestado á la República.

Artículo 3°.- El Congreso constituyente confiará la autoridad Ejecutiva de la República, á un Presidente y Vicepresidente nombrados provisionalmente, á pluralidad absoluta, mientras se elija en propiedad el gefe del Estado.

Artículo 4°.- El gefe provisorio de la República se sujetará á la Constitución y leyes existentes, y será responsable de los actos de su administración.


Comuníquese al poder Ejecutivo para su publicación y cumplimiento.- Dada en la sala de sesiones en Chuquisaca á 5 de agosto de 1828.-
Mariano Guzmán, presidente.- José Esutaquio Eguivar, diputado secretario.- José Ignacio de Sanjinés, diputado secretario.-
Palacio de gobierno en Chuquisaca a 12 de agosto de 1828.- Ejecutese.-
José Miguel de Velasco.- EL MINISTRO DEL INTERIOR, Casimiro Olañeta.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de agosto de 1828
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAdmite al Gran Mariscal de Ayacucho, la renuncia de la presidencia de la República, y le vota una espresión de la gratitud nacional, por sus eminentes servicios: se confiará la autoridad Ejecutiva, á un Presidente y Vicepresidente provisorio, y responsables: que se sujeten á la Constitución
KeywordsLey, agosto/1828
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorMariano Guzmán, presidente.- José Esutaquio Eguivar, diputado secretario.- José Ignacio de Sanjinés, diputado secretario.- José Miguel de Velasco.- EL MINISTRO DEL INTERIOR, Casimiro Olañeta.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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