Bolivia: Decreto Supremo Nº 27697, 23 de agosto de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el artículo 81 de la Ley Nº 1689 de Hidrocarburos de 30 de abril de 1996, dispone que los precios máximos para la comercialización de productos de refinación en el mercado interno, deben ser fijados por el Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE)
  • Que el Decreto Supremo Nº 26170 del 30 de abril de 2001 establece la prórroga por 2 años adicionales del Reglamento de Precios.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27021 del 29 de abril de 2003 establece la prórroga por 5 años adicionales del Reglamento de Precios.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 24914 de 5 de diciembre de 1997 fue aprobado el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo modificado por el Decreto Supremo Nº 25005 de 7 de abril de 1998, Decreto Supremo Nº 25108 de 22 de julio de 1998, Decreto Supremo Nº 25254 de 18 de diciembre de 1998, Decreto Supremo Nº 25417 de fecha 11 de junio de 1999, Decreto Supremo Nº 25504 de fecha 3 de septiembre de 1999 (Reglamento de Precios) y posteriores modificaciones.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27343 de 31 de enero de 2004 se establece la nueva política de precios del GLP.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27344 de 31 de enero de 2004 se reestablece la metodología del Reglamento de Precios para el cálculo de la Gasolina Especial y el Diesel Oil.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27442 de 7 de abril de 2004 se establece una nueva metodología para la determinación de las alícuotas del IEHD de la Gasolina Especial y el Diesel Oil.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27516 de 25 de mayo de 2004 se modifica el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27442 para el cálculo de las alícuotas del IEHD de la Gasolina Especial y el Diesel Oil.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27601 de 29 de junio de 2004 se establece un mecanismo de ajuste del precio final del GLP.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27609 de 19 de agosto de 2004, reguló la metodología de cálculo del IEHD del diesel oil Nacional y estableció los mecanismos para la variación porcentual de precios del Jet Fuel A-1 Nacional, Jet Fuel A-1 Internacional y del Kerosene.
  • Que como consecuencia del continuo incremento en el precio del petróleo crudo y de los productos de referencia en el mercado internacional, cuyo impacto se tradujo en el aumento de los precios de los productos regulados en el mercado interno.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto estabilizar los precios de la Gasolina Especial, diesel oil y GLP.

Artículo 2°.- (Postergacion) En virtud del artículo 1 del presente Decreto Supremo, se suspende la aplicación del cálculo de las alícuotas del IEHD para la Gasolina Especial y el diesel oil Nacional establecido en el Decreto Supremo Nº 27342 de 7 de abril de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 27516 de 25 de mayo de 2004, así como la aplicación del mecanismo de ajuste del precio final del GLP establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 27601 de 29 de junio de 2004, por sesenta días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 3°.- (Postergacion) En virtud del artículo 1 del presente Decreto Supremo, se suspende la actualización del precio final del GLP definido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27344, así como la aplicación del ajuste del IEHD de la Gasolina Especial y el diesel oil del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 27343, por sesenta días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 4°.- (Derogacion) Se deroga el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27690 de 17 de agosto de 2004.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Minería e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT , Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27697, 23 de agosto de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEstabilizar los precios de la Gasolina Especial, Diesel Oil y GLP.
KeywordsGaceta 2641, 2004-08-23, Decreto Supremo, agosto/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25251
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT , Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1689] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 30 de abril de 1996
Ley de Hidrocarburos
[BO-DS-24914] Bolivia: Reglamento Sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, DS Nº 24914, 5 de diciembre de 1997
Ratifícase el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, aprobado mediante el Decreto Supremo 24804 de 4/08/1997, con las complementaciones y actualizaciones contenidas en el texto adjunto, vigente a partir del 6/12/1997.
[BO-DS-25005] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25005, 6 de abril de 1998
Modifícase el artículo 10 del Reglamento de Precios, aprobado mediante decreto supremo 24914 de 5 /12/ 1997, en la columna denominada margen de refinería, en lo que respecta al GLP.
[BO-DS-25108] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25108, 22 de julio de 1998
Modifícase el artículo 10 del Reglamento de Precios, aprobado mediante decreto supremo 24914 de 5/12/1997, modificado posteriormente por el decreto supremo 25005 de 7/04/1998.
[BO-DS-25254] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25254, 18 de diciembre de 1998
Modifícase el artículo 10 del reglamento de precios, aprobado mediante Decreto Supremo 24914 de 5 /12/ 1997 modificado por el Decreto Supremo 25005 de 7 /04/ 1998, por el Decreto Supremo 25108 de 22 /07/ 1998 y por el Decreto Supremo 25249 de 14 /12/ 1998.
[BO-DS-25417] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25417, 11 de junio de 1999
Modifícase el Reglamento sobre el RÉGIMEN DE PRECIOS DE LOS PRODUCTOS DEL PETRÓLEO, aprobado mediante decreto supremo 24914 de 5 /12/ 1997, modificado por los decretos supremos 25249 de 14 /12/ 1998 y 25254 de 18 /12/ 1998.
[BO-DS-25504] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25504, 3 de septiembre de 1999
Se autoriza la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al sector hidrocarburos por las exportaciones realizadas a partir del 1º /01/ 1997.
[BO-DS-27021] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27021, 29 de abril de 2003
Se sustituye el Articulo Único del Decreto Supremo N° 26170 del 30 /04/ 2001 (Plazo de 5 años de fijación - sectores de refinación, GLP plantas, comercialización gas natural y derivados).
[BO-DS-27343] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27343, 31 de enero de 2004
Establecer la nueva política de precios del GLP.
[BO-DS-27342] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27342, 31 de enero de 2004
Se abroga el Decreto Supremo N° 24806 de 4 /08/ 1997, que aprueba el Modelo de Contrato de Riesgo Compartido para Áreas de Exploración y Explotación por Licitación Pública.
[BO-DS-27344] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27344, 31 de enero de 2004
Reestablecer la metodología del Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo y posteriores modificaciones, para el cálculo de los precios finales de la Gasolina Especial y el Diesel Oil.
[BO-DS-27442] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27442, 7 de abril de 2004
Nueva metodología para la determinación de las alícuotas del IEHD de la Gasolina Especial y el Diesel Oil Nacional con el fin de dar gradualidad a las variaciones en el precio final de estos productos.
[BO-DS-27516] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27516, 25 de mayo de 2004
Modificar el articulo 2 del Decreto Supremo N° 27442 de 7 /04/ 2004, para que las alícuotas del IEHD de la Gasolina Especial y el Diesel Oil Nacional.
[BO-DS-27601] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27601, 29 de junio de 2004
Crear un mecanismo de ajuste gradual en los precios finales del Gas Licuado de Petróleo - GLP.
[BO-DS-27609] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27609, 2 de julio de 2004
Se autoriza la inscripción de Presupuesto Adicional por Bs. 772.829 , que será financiado con cargo a Transferencias de Recursos Específicos de la PL 480, en favor del Proyecto de Fortalecimiento “BOLFOR II”.

Referencias a esta norma

[BO-DS-27700] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27700, 26 de agosto de 2004
Se complementan los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 27697 de 23 /08/ 2004, adicionando a ambos, cuarenta días mas al tiempo de suspensión establecidos en los mismos.
[BO-DS-27778] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27778, 6 de octubre de 2004
Estabilizar los precios de referencia de los productos regulados como consecuencia de la estabilización del precio del petróleo en el mercado interno.
[BO-DS-27815] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27815, 22 de octubre de 2004
Autorizar a YPFB, el uso de sus cuentas bancarias y/o libretas dentro de la Cuenta Única del Tesoro - CUT, para la importación del Diesel Oil.
[BO-DS-27863] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27863, 26 de noviembre de 2004
Se amplía el alcance temporal de los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 27697 de 23 /08/ 2004, modificado por el Decreto Supremo N° 27700 de 26 /08/ 2004, por un plazo adicional de cuarenta (40) días calendario.
[BO-DS-27983] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27983, 19 de enero de 2005
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar la alícuota para el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados - IEHD del Diesel Oil Nacional y del Agro Fuel.
[BO-DS-27992] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27992, 28 de enero de 2005
Estabilizar los precios de los principales productos del petróleo y, abrogar las normas que ajustan los precios de los mismos por precios internacionales y por tipo de cambio.

Deroga a

[BO-DS-27690] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27690, 19 de agosto de 2004
Regular la metodología de cálculo del IEHD para el Diesel Oil Nacional y establecer los mecanismos para la variación porcentual de precios del Jet Fuel 1 Nacional, del Jet Fuel 1 Internacional y del Kerosene.

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