CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto crear un mecanismo de ajuste gradual en los precios finales del Gas Licuado de Petróleo - GLP.
Artículo 2°.- (Variacion porcentual) Cuando la variación positiva o negativa del Precio de Referencia del GLP sea superior al 25% con relación al Precio de Referencia vigente, la Superintendencia de Hidrocarburos deberá fijar y publicar el nuevo precio, el mismo que entrará en vigencia a partir de las cero (0) horas del día siguiente en que se verifique la variación.
Artículo 3°.- (Margen de refineria del GLP) Para efectos del cálculo del precio final del GLP, se establece un Margen de Refinería de -7.39 $us/Bbl (MENOS siete 39/100 DOLARES AMERICANOS POR BARRIL)
Artículo 4°.- (Mecanismo de ajuste del precio final del GLP) A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE, deberá actualizar el Precio Final del GLP mediante la siguiente formula:
Donde:
Pgt+1 | Es el nuevo Precio del GLP, expresado en Bolivianos por kilogramo, aplicando la metodología descrita en la fórmula anterior. |
Pgt | Es el Precio vigente del GLP, expresado en Bolivianos por kilogramo. |
𝚫%PDRG | variación porcentual acumulada en el Precio Diario de Referencia del GLP calculado diariamente por la Superintendencia de Hidrocarburos, según el Reglamento de Precios, posteriores modificaciones y el Decreto Supremo Nº 27499. |
Artículo 5°.- (Ajuste del margen de refinería) Si el precio final del GLP tiene una variación positiva resultante de la aplicación del mecanismo establecido en el Artículo anterior o de una variación en el tipo de cambio de acuerdo al Decreto Supremo Nº 27343 de 31 de enero de 2004, el Margen de Refinería se ajustará absorbiendo los efectos sobre el precio final.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27601, 29 de junio de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crear un mecanismo de ajuste gradual en los precios finales del Gas Licuado de Petróleo - GLP. | ||||
Keywords | Gaceta 2623, 2004-06-29, Decreto Supremo, junio/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25155 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Armando Ortuño Yañez Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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