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Informe
De Tipo Ley; Que Incluir jurisprudencia sea No; Promulgado desde 8/ago/1825 hasta 4/oct/2024
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  1. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 23 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260823.html

    Secularización de regulares por el ordinario, y modo de obtenerla; que el gobierno la proteja y recabe la confirmación; alimentos á las monjas exclaustradas, y dónde deben vivir; se corrobora la resolución que fija la edad para las profesiones; que se cierren las noviciados, excepto el de los monasterios del Carmen; pasen al convento más inmediato los religiosos, &. El artículo 10 de esta ley está derogado por la resolución de 25 de octubre de 1829, y por la ley de 31 de octubre de 1833; el 11° alterado, con respecto á los colejios de Fide Propaganda, por la ley de 27 de septiembre de 1831; el 12° modificado y esplicado por la ley de 9 de noviembre, decreto de 12 del mismo, y órden de 14 de diciembre del propio año 26; el 13° y 15°, refrendados por la órden de 14 de mayo de 1829.

    Ley - 18260823 -   | Ver norma  | Enviar
  2. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 22 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260822.html

    Libertad de derechos concedida al azogue, hierro, polvora y demas útiles de minas: ofrézcanse premios por la introducción, descubrimiento y beneficio del azogue. Esta ley ha sido ratificada por todos los aranceles de aforos dados para la república.

    Ley - 18260822 -   | Ver norma  | Enviar
  3. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 18 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260818.html

    Los emigrados no paguen réditos por los principales de las fincas que se les hubiese embargado o confiscado en odio á sus opiniones; que se les devuelvan las que hayan sido vendidas para satisfacer los réditos devengados durante su emigración.

    Ley - 18260818 -   | Ver norma  | Enviar
  4. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 5 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260805.html

    Abolición de alcabalas en las ventas de bienes raíces.

    Ley - 18260805 -   | Ver norma  | Enviar
  5. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 3 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260803.html

    Días en que deben trabajar los tribunales y oficinas públicas: declaración de los feriados. El artículo 2° de esta ley está ampliado por el decreto de 10 de mayo, y la ley de 15 de septiembre de 1831, en su artículo 8°

    Ley - 18260803 -   | Ver norma  | Enviar
  6. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 2 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260802-2.html

    Que se juzgue militarmente á los ladrones cuadrilleros, y en el caso de ser anárquicas sus reuniones, se les imponga la pena de muerte. El artículo 1° de esta ley, ha quedado sin vigor desde que se promulgó la Constitución; lo mismo que el 2° por la publicación de Código Penal Santa Cruz.

    Ley - 18260802-2 -   | Ver norma  | Enviar
  7. L

    Etiquetas: Ley agosto/1826

    Bolivia: Ley de 2 de agosto de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260802-1.html

    Las contribuciones indirectas existentes hasta esa fecha, y la de indíjenas; se cobren como de costumbre; que en las capitales de departamento y de provincia, se efectúe el cobro de la personal y la de predios; escepción de los jornaleros é individuos de tropa. Esta ley á que es relativa la órden de 6 de octubre del propio año, se ha declarado sin efecto por la órden de 12 de abril de 1827; más su artículo 2° está refrendado por el 2° de la ley de 27 de diciembre del mismo año 26.

    Ley - 18260802-1 -   | Ver norma  | Enviar
  8. L

    Etiquetas: Ley julio/1826

    Bolivia: Ley de 26 de julio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260726.html

    Se designan los sellos de la República: quienes, cuando y como hande usarlos: las armas de Bolivia son las del gran sello.

    Ley - 18260726 -   | Ver norma  | Enviar
  9. L

    Etiquetas: Ley julio/1826

    Bolivia: Ley de 25 de julio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260725.html

    Que a esta se ponga una faja amarilla superior, en lugar de las cinco estrellas de oro.

    Ley - 18260725 -   | Ver norma  | Enviar
  10. L

    Etiquetas: Ley julio/1826

    Bolivia: Ley de 11 de julio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260711.html

    Sobre las clases del papel sellado; y su uso: se establecen penas contra los infractores. El artículo 5° de esta ley está adicionado por la de 24 y decreto de 25 de noviembre del mismo año: el 6° comprende á los gobernadores, por la órden de 14 de abril de 1832: el 10° es estensivo á los indios, por el artículo 1° de la ley de 14 de diciembre del propio año, como también á los emigrados en los casos que espresa la ley de 21 de septiembre de dicho año, y la órden de 16 de febrero de 1827: el 11° alterado por el artículo 763 del Código de Procederes Santa Cruz: la primera parte del 12°, derogada por el artículo 2° de la ley de 14 de diciembre antedicha: el 15°, corroborado por el artículo 144 del Código de Procederes: el 16°, modificado por el artículo 5° del reglamento de 3 de mayo de 1831: el 17°, sujeto al Código Penal; y el 21 cumplido por el reglamento de 7 de septiembre del propio 26. Además es relativa á esta ley la resolución de 2 de abril de 1827.

    Ley - 18260711 -   | Ver norma  | Enviar
  11. L

    Etiquetas: Ley julio/1826

    Bolivia: Ley de 1 de julio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260701-2.html

    Prohibe á las autoridades imponer contribuciones y penas pecuniarias fuera de la ley, ordenar pagos del tesoro público, decretar ó hacer embargar bestias: penas de los infractores. El artículo 2° de esta ley, está esplicado por la resolución de 1° de abril de 1830; el 5°, reglamentado por el decreto que subsigue; y el 7°, sujeto al Código Penal Santa Cruz. En todo lo demás se halla corroborada por la Constitución.

    Ley - 18260701-2 -   | Ver norma  | Enviar
  12. L

    Etiquetas: Ley julio/1826

    Bolivia: Ley de 1 de julio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260701-1.html

    Se declara á Chuquisaca capital provisoria de la República.

    Ley - 18260701-1 -   | Ver norma  | Enviar
  13. L

    Etiquetas: Ley junio/1826

    Bolivia: Ley de 28 de junio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260628.html

    Que el Ejecutivo nombre diputados al Congreso jeneral de Panamá.

    Ley - 18260628 -   | Ver norma  | Enviar
  14. L

    Etiquetas: Ley junio/1826

    Bolivia: Reglamento de policía, 24 de junio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260624.html

    Creación de los intendentes y comisarios de policia: los intendentes sean prefectos accidentales y subordinados á éstos; sus funciones. Esta ley ha quedado sin vigor desde la publicación del reglamento de 3 de mayo de 1831.

    Ley - 18260624 -   | Ver norma  | Enviar
  15. L

    Etiquetas: Ley junio/1826

    Bolivia: Ley de 21 de junio de 1826

    http://www.lexivox.org/norms/BO-L-18260621.html

    Supresión y ayuntamientos: sus fondos pasen al tesoro, y la jurisdicción de los alcaldes á los jueces de letras. El art. 2° de esta ley está alterado por las de 6 de noviembre de 1832, el 3° y 4°, quedan sujetos á la Constitución, y el 5° se ha llevado á efecto por la ley de 4 de septiembre de 1831.

    Ley - 18260621 -   | Ver norma  | Enviar
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Humor Lexivox humor

Un abogado sale de cacería al campo y tiene la suerte de bajar un pato con el primer tiro. La pena es que el pato cayó en un sembradío al otro lado de la cerca.

Ya se trepaba a la cerca cuando se le acerca un campesino.

—¿Que está haciendo?... esta es mi tierra.

—Bueno, lo que pasa es que cacé un pato y cayó en su tierra.

—Lo siento, pero no puede llevárselo, le dice el campesino.

—¡Soy uno de los mejores abogados! Le voy a hacer un pleito y me voy a quedar hasta con toda su tierra si no me deja entrar a recoger mi pato —amenaza el abogado.

—Aquí en el campo resolvemos las cosas con justicia comunitaria —le informa el viejo— aplicamos la Regla de “las Tres Patadas”

—¿Y qué es la Regla de las Tres Patadas? —pregunta el abogado.

El viejo explica:

—Yo lo pateo tres veces; Ud. me patea tres veces; yo lo vuelvo a patear, y así hasta que alguien se de por vencido.

El abogado vio que el campesino era viejo y sabiendo que él estaba en forma, aceptó las reglas.

—Está bien, empecemos —dijo el abogado.

El campesino sin más con sus hojotas bien duras le dio una tremenda patada en la rodilla al abogado, y antes de que se doblara, le encajó otra en la entrepierna, y cuando el abogado se retorcía de dolor, le encajó un tremendo patadón en el culo.

Al cabo de 5 minutos, el abogado —con mucho esfuerzo— se levantó y dijo:

—Ahora me toca a mi

—No se moleste —replica el viejo— ...Me doy por vencido. Vaya nomás y llévese su pato.

Sonreir otro poco...

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