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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley marzo/1931
Gastos de conservación del orden público. -- Se deroga el artículo 57 de la ley de 5 de mayo de 1928, relativo a que dichos gastos serán contraloreados por los Ministerios de Gobierno y Hacienda.
Presupuesto Nacional. -- Votase $. 40.000. -- para las obras de defensa y alivio de los damnificados en diversas zonas de la ciudad de La Paz.
Defensivos de Santa Bárbara. --Créase la Junta Impulsora, para que proceda de inmediato a adoptar medidas de urgencia contra los deslizamientos del terreno.
Importación de papel para periódicos.- Se declara libre de todo impuesto fiscal, municipal y departamental la importación de papel de pulpa de madera, ordinario, sin satinar.
Poder Ejecutivo.- Proclamáse Presidente Constitucional de la República, al ciudadano Daniel Salamanca y Vicepresidente al ciudadano José Luis Tejada Soriano, para el periodo -5 de marzo de 1931 - 5 de marzo de 1935.
Decreto Ley febrero/1931
Impuesto sobre radiotelegramas.- Extiéndese al servicio de transmisión y recepción de radiotelegramas de intercambio internacional, los impuestos creados por ley de 14 de febrero de 1929.
Turismo.- Créase el servicio de Fomento y Turismo, encomendado su organización y propaganda a los Consejos Municipales.
Camino Pampa Grande-Samaipata-Tarumá-Santa Cruz.- Derógase el Decreto-ley de 3 de enero último, que creó el impuesto de peaje para atender los gastos de construcción.
Camino Totora- Ele-Ele.- Dispone que el Tesoro Departamental de Cochabamba pague 7, 000.- pesos bolivianos para la prosecución de los trabajos.
Distritos Universitarios.--En los distritos no autónomos, el Rector será el Jefe del Distrito Encolar; en los distritos universitarios autónomos el Rector se ocupará exclusivamente de las gestiones de la universidad.
Subvención.- La cuota de Bs. 6, 000.- Destinada a la "Revista Económica" será cubierta con el importe de liberaciones aduaneras que se otorgará par el despacho de papeles cartulina.
Reformas constitucionales.- Los números 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 9 del Decreto-ley, de 27 de noviembre de 1930, aprobadas por Referéndum popular y la modificatoria del No. 5 quedan incorporadas a la Constitución y tendrán vigor desde la fecha.
Delegación Nacional en el Oriente.--Declárase legal su funcionamiento, a partir del 4 de enero de 1919, en que feneció la prórroga anterior acordada.
Asientos judiciales.- Destínase Bs. 36, 716.- para la rehabilitación de juzgados en los distritos de La Paz, Cochabamba, Potosí y Tarija, partidas de la gestión de 1931.
Impuestos departamentales.--Se crea en el presupuesto de ingresos del Departamento del Beni, sobre exportación de cueros e internación de sal y cerveza.
Ley del documento extraviado
Será más facil encontrar el Santo Grial que hallar en su oficina, aquella liquidación que le llevó una semana con sus noches.
Sonreir otro poco...
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