Considerando:

  • Que incumbe al Supremo Gobierno el fomento de la propaganda de la Nación determinando la orientación de las corrientes de turismo hacia el país.
  • Que Bolivia ofrece en el aspecto arqueológico y étnico a más de sus bellezas naturales, magníficos motivos de atracción de los viajeros; así como su gran riqueza colonial es un estímulo para el conocimiento de la historia de América en sus propias fuentes.
  • Que es deber de los Poderes públicos alentar ala industria hotelera con el mayora incremento de pasajeros en el país, fomentando los viajes de recreo y de intercambio entre pueblos y ciudades de innegable belleza que tiene la República.

En uso de las atribuciones reconocidas por el Estatuto Orgánico, acuerda dictar el presente,

DECRETO LEY:

Artículo 1°.- Créase el Servicio de Fomento al Turismo, encomendándose su organización y propaganda a los Consejos Municipales de la República.

Artículo 2°.- Los Tesoros Departamentales consignarán en sus presupuesto de egresos anuales las partidas necesarias para el Fomento del Turismo en sus respectivas jurisdicciones territoriales;

Artículo 3°.- Estos fondos serán administrados por los Consejos Municipales y servirá única y exclusivamente para el sostenimiento de las Oficinas de Turismo y los gastos de propaganda y publicidad.


Los Miembros de la Junta Militar encargados de los Despachos de Gobierno y Fomento y Comunicaciones quedan encargados de la ejecución del presente Decreto ley.
Es dado en la cuidad de La Paz, a los 25 días del mes de febrero de 1931años.
C. Blanco. Oscar Mariaca Pando. J. L. Lanza. F. Osorio. E. González. Q. Tte. Cnel. B. Bilbao R.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Ley de 25 de febrero de 1931
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTurismo.- Créase el servicio de Fomento y Turismo, encomendado su organización y propaganda a los Consejos Municipales.
KeywordsDecreto Ley, febrero/1931
OrigenArch. /1880-1959/PDF 1931/DL-25-02-1931.pdf
Referencias1825-1960.lexml
CreadorC. Blanco. Oscar Mariaca Pando. J. L. Lanza. F. Osorio. E. González. Q. Tte. Cnel. B. Bilbao R.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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