Artículo 1°.- Créase una Junta que se denominará Junta Impulsora de los defensivos de Santa Bárbara, que estará constituida por el Prefecto del Departamento, que la presidirá, el Presidente del H. Concejo Municipal, el Presidente de la Sociedad de Ingenieros, el Presidente de la Cámara de Comercio y el de los Amigos de la Ciudad y de dos vecinos notables designados a la suerte de una nómina de seis, que será indicada por los funcionarios nombrados.
Artículo 2°.- La referida Junta procederá de inmediato a adoptar las medidas de urgencia para contener los deslizamientos del terreno, requiriendo los servicios de los técnicos que considere necesarios,
Artículo 3°.- La Junta presentará al Ejecutivo a la brevedad posible, un presupuesto detallado del costo de los defensivos y trabajos que deben efectuarse.
Artículo 4°.- El Ejecutivo consignará las sumas respectivas para los trabajos a que se refiere el artículo anterior en el proyecto de presupuesto del ano en curso,
Artículo 5°.- Los gastos que demanden los trabajos iniciales, serán abonados con cargo a la partida que se fijará de acuerdo con lo establecido en el artículo precedente.
Artículo 6°.- La Junta procederá a ejecutar los trabajos definitivos de acuerdo con el plan técnico que adoptare, una vez considerados por el Ejecutivo los presupuestos y la distribución de recursos para su realización.
Artículo 7°.- La Junta se desenvolverá autónomamente dentro de la fiscalización ejercida por la Contraloría General y de la Dirección General de Obras Públicas.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de marzo de 1931 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Defensivos de Santa Bárbara. --Créase la Junta Impulsora, para que proceda de inmediato a adoptar medidas de urgencia contra los deslizamientos del terreno. | ||||
Keywords | Ley, marzo/1931 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. L. Tejada.- Gabriel Palenque, Senador Secretario.- Franz Tamayo.- Ed. Zápcovic Lizárraga, Diputado Secretario. D. Salamanca.- Florián Zambrana. R. Calderón, Oficial Mayor de Fomento. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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