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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Decreto Ley enero/1931
Almacenes Generales de Depósito.- Autorízase su funcionamiento comercial con la misión de expedir resguardos representativos de los mismos.
Sanidad Escolar.- Créase el cuerpo de Sanidad Escolar, bajo la dependencia del Consejo Nacional de Educación.
Revisión de contratos.- Autorízase la revisión de contratos de alquiler de edificios de instrucción.
Juicios coactivos.- Apruébase la resolución No. 1 de la Contraloría General, de 8 de enero en curso, sobre procedimiento coactivo.
Aprovisionamiento de Oficinas Fiscales.- Créase, anexa a la Contraloría General, la oficina para aprovisionamiento de reparticiones fiscales.
Elecciones.- Prescribe que por única vez se abran ánforas de anterior elección y extraigan libros de actas, de firmas y registro cívicos.
Camino.- Autorízase a la empresa constructora del camino Pampagrande-Samaipata- Santa Cruz, el cobro de peaje por 20 años, a condición de conservar y mejorar los trabajos. LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Registro de Tierras.- Creáse en la Oficina Nacional de Tierras un registro especial de tierras gomeras y de cultivo.
Decreto Ley diciembre/1930
Exportación de Castaña- El impuesto que grava el producto se cobrará cuando la cotización en el mercado de Manaos sea superior a Bs. 50, 000.- por hectolitro.
Impuestos.- Cobraránse sin recargo, hasta el 31 de diciembre de 1930, los impuestos de catastro, sanitarios y procentenario, del Departamento de Cochabamba, correspondientes a las gestiones de 1929 y 1930.
Impuestos.- Los de catastro del Departamento de Chuquisaca se cobrarán sin recargo ni intereses hasta el 3 de diciembre de 1930.
Colegio de Artes y Oficios.- Destínese el impuesto a la sucesión de Irene Lara, a los trabajos del Colegio de Artes y Oficios de Cochabamba.
Camino.- Destínase el impuesto a la testamentaría de Juana v. de Llave a los trabajos del camino Potosí- Camargo.
Ley Electoral.- Restablécese el cargo de Mediador Electoral.
Elecciones y Referéndum.- Señala fechas para el verificativo de elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República y Diputados y Munícipes; así como para la realización del referéndum.
Comentario de Macbeth sobre la evolución
La mejor teoría es ipso facto una buena teoría.
Sonreir otro poco...
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