Considerando:

  • Que es necesario precautelar las rentas fiscales contra posibles apropiaciones e inversiones indebidas.
  • Que los decretos vigentes de 18 de enero de 1877 y 16 de abril de 1928 han quedado modificados por la ley de 5 de mayo de 1928; que atribuye a la Contraloría General todas las facultades de revisión, control y glosa de las cuentas fiscales y municipales con facultad para determinar el procedimiento y trámite necesario para la ejecución coactiva de los deudores al Fisco y a las municipalidades.

DECRETO LEY:

Artículo Único.- Apruébase la Resolución Nº 1 de la Contraloría General de la República de fecha 8 de enero en curso, sobre tramitaciones de los juicios coactivos en los 10 artículos de que consta.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 10 días del mes de enero de 1931.
C. Blanco. Oscar Mariaca Pando. F. Osorio. E. González Q. J. L. Lanza. Tte. Cnel. B. Bilbao R.
Es conforme:
E. Sanjinés, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Ley de 10 de enero de 1931
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioJuicios coactivos.- Apruébase la resolución No. 1 de la Contraloría General, de 8 de enero en curso, sobre procedimiento coactivo.
KeywordsDecreto Ley, enero/1931
OrigenArch. /1880-1959/PDF 1931/DL-10-01-1931.pdf
Referencias1825-1960.lexml
CreadorC. Blanco. Oscar Mariaca Pando. F. Osorio. E. González Q. J. L. Lanza. Tte. Cnel. B. Bilbao R. E. Sanjinés, Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-19280505] Bolivia: Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 5 de mayo de 1928
Contraloría General.- Ley Orgánica.

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