Tipo-- Constitución Política del Estado Ley Decreto Ley Decreto Supremo Decreto Presidencial Códigos Resolución Suprema Resolución Bi Ministerial Resolución Ministerial Ordenanza Municipal Estatuto Reglamento Manual Proyecto de Ley Resolución Imperativo Convenio Acuerdo internacional Tratado internacional Ley municipal Miscelaneo Resolución Normativa de Directorio Ley Departamental Norma Básica Protocolos Sentencia Constitucional Resolución Asamblea Legislativa Plurinacional Plan Guía
Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley octubre/1901
Nor-Chichas.- Se abroga la Ley de 7 de diciembre de 1888.
Publicaciones Oficiales.- El Gobierno debe sostener un órgano de prensa, en las capitales de Departamento debe publicarse un Boletín departamental.
Oficina Central de Vistas- Créase esta oficina.
Ley septiembre/1901
Constitución Política.- Se declara la necesidad de la reforma de algunos de sus artículos.
Papel sellado.- Quedan sin efecto las leyes que eximían de su uso á la provincia de Caupolicán.
Bancos.- Se modifica la ley de 31 de marzo de 1900.
Municipalidades.- La Junta Municipal de San Ramón se traslada á San Joaquin.
Instrucción.- Las municipalidades deben llevar cuenta separada de los fondos de este ramo, los que no pueden ser aplicados á distinto servicio.
Moneda nacional.- Se deroga el 2° inciso del artículo 1° de la ley de 26 de noviembre de 1895.
Notaría.- Se crea en Pojo.
"Escuela Azurduy de Padilla".- El local en que funciona se declara propiedad del Concejo Municipal de Cochabamba.
Organización Judicial.- Ante los Jueces Instructores y de Partido, no es obligatorio gestionar mediante Procuradores, y sí solo ante las Cortes de Distrito y la Suprema.
Impuestos.- Se modifica el art. 1° de la Ley de 7 de noviembre de 1894.
Fichas ó vales.- No pueden emitir los particulares ó empresas industriales para el avío o pago de jornales.
Ley agosto/1901
Autorización.- Se concede al Poder Ejecutivo para que mantenga en la ciudad de La Paz, el número de fuerza que crea necesario.
Oído en el minibús...
“El invierno pasado fue tan frío que vi pasar a un abogado con las manos en sus propios bolsillos!”
Grave no?
Sonreir otro poco...
LexiVox 2011 - La Paz, BoliviaSitio impulsado por DeveNet.Net - software para Internet