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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley septiembre/1931
Aguas potables de Santa Cruz.-- Las cañerías y los accesorios pasarán a depender del Concejo Municipal, encargado de la administración del ser vicio.
Cochabamba, imputable al Ítem 117 A del presupuesto departamental.
Club Social de Cochabamba.-- Libérase de derechos la importación de artículos de deporte y de billar, destinados a este establecimiento.
Centenario de Tarija.-- Votase el crédito extraordinario de $. 7.000.-- destinado a la celebración del primer centenario de la creación del departamento de Tarija.
Fuerzas del Ejército.-- Autorizase al Ejecutivo para mantener en la sede del Gobierno y en las guarniciones próximas, durante el funcionamiento del Congreso, fuerzas militares de linea.
Crédito suplementario.-- Votase el de $800.-- para los gastos de impresión de la obra "Bosquejo Histórico de Tarija" de Tomas O'Connor d'Arlach.
Importación de harina extranjera.-- Declárase que los distritos del Gran Chaco, Parapetí y Llanos de Manso no se hallan incluidos en las previsiones de la ley de 15 de mayo de 1929.
Ley agosto/1931
Telégrafos.-- Concédese franquicia a las Cámaras de Comercio de Santa Cruz, Trinidad, Riberalta, Santa Ana y Cobija, para despachos oficiales.
Congreso nacional ordinario.- Señala día para la solemne instalación del periodo legislativo.
Ley julio/1931
Presupuesto Nacional.-- Vótase la ley respectiva para la gestión de 1931, en la sección de ingresos y la de egresos.
Ley junio/1931
Hospital de Potosí. --Habiéndose redimido el empréstito departamental por $ 600, 000. --, para varías obras públicas de la ciudad los recursos creados por las leyes relativas serán depositados, en el Banco Central, cuenta Hospital Nuevo.
Reembolso al Tesoro Departamental de Chuquisaca. --La oficina Recaudadora de impuestos en Sucre, entregará anualmente un 5% de sus rentas, al Tesoro Departamental de Chuquisaca, por concepto de amortización de un préstamo concedido al Tesoro Nacional.
Impuesto. --Determínase que será libre la exportación cíe cueros bovinos cuando la cotización sea inferior a $ 8. --se grava la internación de sal extranjera y cerveza al departamento del Beni.
Impuesto sobre transferencia.-- Libérase el correspondiente a la compra que hizo la Conferencia de San Vicente de Paul, de una casa en La Paz.
Presupuesto Nacional. --Derógase el articulo 5°. de la ley de 27 de noviembre de 1880 y el 3°. de la de 22 de- noviembre de 1883, relativas al premio de 25 centavos por 1, 000. -- 5, acordado en favor del Tesorero Nacional y de los Tesoreros Departamentales.
Leyes de la programación de computadores
Sonreir otro poco...
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