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Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley octubre/1892
Bagajes.-- Los que deben pagarse á los militares que viajen en comisión del servicio.
Aduanas.-- Se liberan de derechos varios artículos internados para el servicio del culto por los padres conversores de Potosí.
Crédito del Estado.-- Se reconoce á favor de doña Juana Sánchez de Rivero.
Caminos.-- Prestación de servicio personal obligatorio en el trabajo de caminos: se haga efectiva por las autoridades políticas, con la cooperación de las municipalidades.
Beni.-- Se erije en distrito judicial este departamento, y la provincia del Itenes en juzgado de partido.
Crédito publico.-- Se establece una oficina para la calificación, clasificación y liquidación de la deuda pública.
Vicaría apostólica del Beni.-- Se fijan los límites jurisdiccionales de la vicaría que debe establecerse conforme á la ley de 19 de septiembre de 1890.
Municipalidades.-- Se autoriza á la de Camargo para vender un local suyo conocido con el nombre de Casa de abasto.
Municipalidades.-- Se abroga la ley por la que se creó la 2.ª sección de Cinti.
Ajencia fiscal de La Paz.-- Se crea una segunda.
Catastro.- Se constituyan comisiones unipersonales en las capitales de departamento para resolver en apelación las decisiones de los jueces rectificadores del catastro en las provincias.
Ejército nacional.-- Se fija el número de la fuerza armada para 1893.
Aduanas.-- Se declara libres de derechos varios artículos internados para los hospitales de Potosí y La Paz.
Aduanas.-- Se declara libre de derechos los artículos que don Francisco Argandoña haga venir del exterior con destino del hospicio de Sucre.
Ley septiembre/1892
Pacajes. -- La capital de la 2.ª sección de esta provincia se traslada á Tiaguanaco.
Ley de Evans
Si consigue mantener la calma cuando todo el mundo pierde la cabeza, entonces es que no se entera del problema.
Sonreir otro poco...
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