CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Las acciones del exMinisterio sin Cartera responsable de Capitalización en Servicios Eléctricos Tarija (SETAR) y en Servicios Eléctricos Potosí S. A. SEPSA quedan transferidas, a partir de la fecha, al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, sin costo.
Artículo 2°.- Se dispone el reordenamiento de Servicios Eléctricos Tarija S. A.(SETAR) y de Servicios Eléctricos Potosí S. A.(SEPSA), de acuerdo a la Ley Nº 1330 de Privatización y decreto supremo reglamentario.
Los socios del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión en Servicios Eléctricos Tarija (SETAR) y en Servicios Eléctricos Potosí S. A. Sepsa, podrán suscribir convenios con el mencionado ministerio para la venta de sus paquetes accionarios en las referidas empresas.
Artículo 3°.- Los recursos netos obtenidos en el proceso de reordenamiento dispuesto en el artículo anterior, serán destinados a proyectos de inversión e infraestructura económica y social en los departamentos donde se encuentran ubicadas las empresas, conforme establece el artículo 7 de la Ley Nº 1330
Artículo 4°.- Modifícase el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 24515 de 6 de marzo de 1997, con el siguiente texto:
“La Prefectura del Departamento de Tarija contratará por excepción, de manera inmediata, a la empresa Servicios Eléctricos Tarija (SETAR), para que se haga cargo de la administración, operación y mantenimiento del componente hidroeléctrico del proyecto San Jacinto por el tiempo de cinco años El precio que se determine en el contrato de servicios, será calculado en base al 'estudio tarifario de SETAR y San Jacinto' efectuado por la firma Hagler Bailly contratada por SETAR.”
Artículo 5°.- El Consejo Nacional de Política Económica CONAPE, en uso de sus atribuciones, definirá las estrategias correspondientes para el reordenamiento dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 6°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25635, 7 de enero de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Las acciones del ex Ministerio sin Cartera responsable de Capitalización en Servicios Eléctricos Tarija (SETAR) y en Servicios Eléctricos Potosí S.A. SEPSA quedan transferidas, a partir de la fecha, al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión y se dispone su correspondiente reordenamiento. | ||||
Keywords | Gaceta 2194, 2000-01-07, Decreto Supremo, enero/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/12922 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BAN2ER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Muller Costas, Juán Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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