CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- La Unidad de Reordenamiento cumplirá las funciones establecidas en la Ley de Pensiones 1732 de 29 de noviembre de 1996, Decreto Supremo Nº 23991 de 10 de abril de 1995, resolución suprema 215521 de 13 de abril, de 1995 y normas complementarias, bajo la dependencia del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión.
Artículo 2°.- El Consejo Nacional de Política Económica (CONAPE) cumplirá las funciones establecidas en la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992 para el CONEPLAN y las que se encargan al Consejo de Desarrollo Nacional CODENA en el Decreto Supremo Nº 23991.
Artículo 3°.- Las funciones y atribuciones del Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización y del Secretario Nacional de Capitalización e Inversión, señalados en el Decreto Supremo Nº 23991, resolución suprema 215521 y normas complementarias, serán ejercidas respectivamente por el Ministro de Comercio Exterior e Inversión y el Viceministro de Inversión y Privatización.
Artículo 4°.- Los liquidadores de los entes gestores referidos en los artículos 55 y 56 de la Ley Nº 1732, serán designados por el Ministro de Comercio Exterior e Inversión, quien los otorgará las facultades de administración y procesales necesarias.
Artículo 5°.- La administración y liquidación de los entes gestores referidos en el artículo anterior se efectuará en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para el Sector Público Boliviano en lo aplicable, y la reglamentación específica que se emita al efecto.
La Unidad de Reordenamiento cumplirá las funciones técnicas operativas del proceso de disposición y transferencia encomendado, hasta el depósito de los recursos obtenidos en el Tesoro General de la Nación.
Artículo 6°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24873, 20 de octubre de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La Unidad de Reordenamiento cumplirá las funciones establecidas en la Ley de Pensiones 1732 de 29 /11/ 1996, decreto supremo, 23991 de 10 /04/ 1,995, resolución suprema 215521 de 13 de abril, de 1,995 y normas complementarias, bajo la dependencia del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión. | ||||
Keywords | Gaceta 2040, 1997-11-10, Decreto Supremo, octubre/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16442 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossío, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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