Bolivia: Decreto Supremo Nº 25404, 1 de junio de 1999

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992 (Ley de Privatización) autoriza a las instituciones, entidades y empresas del sector público enajenar los activos, bienes, valores, acciones y derechos de su propiedad y transferirlos a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o aportar los mismos a la constitución de nuevas sociedades anónimas mixtas.
  • Que la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997, establece, entre las atribuciones del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, la de ejecutar las actividades correspondientes a los procesos de privatización y capitalización de las empresas del sector público.
  • Que por Decreto Supremo Nº 23991 se reglamenta la Ley de Privatización disponiendo que todas las empresas y demás entidades públicas propietarias de unidades económicas, activos, bienes, valores, acciones y derechos, se deben someter a procesos de reordenamiento de acuerdo a sus normas.
  • Que por Decreto Supremo Nº 24855 de 22 de septiembre de 1997, se reglamenta la Ley Nº 1178 y encarga al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, las funciones de formular y ejecutar las políticas y normas de privatización de las empresas del sector público en coordinación con los Ministerios sectoriales.
  • Que el Decreto Supremo Nº 24873 de 20 de octubre de 1997, dispone que el Consejo Nacional de Política Económica (CONAPE) cumplirá las funciones establecidas en la Ley Nº 1330 para el CONEPLAN y las que se encargan por decreto 23991 al Consejo de Desarrollo Nacional (CODENA), en tanto que las funciones y atribuciones del Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización señaladas en dicho decreto supremo serán cumplidas por el Ministro de Comercio Exterior e Inversión.
  • Que la Junta Extraordinaria de Accionistas de FANEXA S.A. M. en su reunión de 30 de diciembre de 1997, ha determinado la venta de 602.675 acciones y el aumento de capital mediante la suscripción de nuevas acciones, a lo que los socios accionistas han rechazado su derecho preferente para suscribirlas.
  • Que COFADENA, mediante resolución de su directorio 004/98 de 21 de abril de 1998, ha decidido la venta de 602.675 acciones de su propiedad, equivalente al 15.483% del paquete accionario de FANEXA S.A. M. a cuyo efecto ha facultado al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión a realizar las acciones técnicas y operativas del proceso conforme a lo establecido en la Ley Nº 1330 de Privatización y decreto supremo reglamentario.
  • Que el Consejo de Política Económica CONAPE, por resolución de 4 de marzo de 1998, ha definido la estrategia de privatización de FANEXA S.A. M.
  • Que por resolución Administrativa SPVS-IV-RA-021/98 de 19 de noviembre de 1998 de la Superintendencia de pensiones, Valores y Seguros se autoriza la oferta pública de Acciones Suscritas y pagadas de FANEXA S.A. M y la emisión y oferta pública de 1.382.500 acciones de FANEXA y aprueba el texto de documento “Plan Específico” elaborado por la Unidad de Reordenamiento y el Pliego de Condiciones.
  • Que por Resolución Ministerial 0087 de 29 de enero de 1999 del Ministerio de Defensa Nacional, se autoriza el inicio del proceso de licitación pública para la venta de 602.675 acciones equivalentes al 15.483% del paquete accionario de la Fábrica Nacional de Explosivos (FANEXA S.A. M.) de propiedad de COFADENA y la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado, aprueba el texto del documento “Plan Específico” elaborado por la Unidad de Reordenamiento, el Pliego de Condiciones y designa los miembros, por parte de COFADENA y del Ministerio de Defensa para ser integrados a la Comisión Calificadora a ser establecida al efecto.
  • Que por Resolución Ministerial 020/99 de 5 de febrero de 1999 del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, se aprueba el Plan específico y el Pliego de Condiciones.
  • Que mediante convocatoria nacional e internacional No. Ref. MCEI/MD-COFADENA/UR/LIC- 002/99, se invita a las personas jurídicas nacionales y/o extranjeras a presentar propuestas para la venta de 602.675 acciones equivalentes al 15.483% del paquete accionario de la Fábrica Nacional de Explosivos (FANEXA S.A. M.) de propiedad de COFADENA y la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado.
  • Que de acuerdo a lo provisto en las Convocatorias y Pliego de Condiciones, de 28 de abril de 1999, la Comisión Calificadora procedió con la recepción de sobres y apertura de Ofertas de la Licitación Pública No Ref. MCEI/MD-COFADENA/UR/LIC-002/99, habiéndose recibido la oferta de la Empresa Unión Española de Explosivos S.A.
  • Que el Ministro de Comercio Exterior e Inversión ha presentado a consideración del Presidente de la República en Consejo de Ministros, el informe de la Comisión Calificadora, que en uso de las atribuciones establecidas en la resolución suprema 215521, de acuerdo al análisis efectuado y por unanimidad, recomienda la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional Ref. MCEI/COFADENA/UR/LIC- 002/99 “Venta de 602.675 acciones equivalentes al 15.483% del paquete accionario de la Fábrica Nacional de Explosivos (FANEXA. S.A. M.) de propiedad de COFADENA y la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado”, se efectúe en favor de la Empresa Unión Española de Explosivos S.A., en los siguientes montos: a) Por la “Venta de 602.675 acciones de COFADENA en FANEXA S.A.M.”, la suma de UN MILLON CIENTO SESENTA Y UN mil DOSCIENTOS veintitrés 50/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (SUS.1.161.223.50) b) Por la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado en FANEXA S.A. M., la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES mil novecientos SETENTA Y SEIS 50/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($US.2.663.776.50).
  • Que la Secretaría General Permanente del Consejo Supremo de Defensa Nacional COSDENA, ha evaluado la propuesta presentada y considerado mediante Criterio de Precalificación, que el mismo resulta favorable a la firma “Empresa Unión Española de Explosivos S.A.”
  • Que la adjudicación debe efectuarse mediante decreto supremo, conforme establece el artículo séptimo de la resolución suprema 215521 de 13 de abril de 1995 concordante con el Decreto Supremo Nº 24873 de 20 de octubre de 1997.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Adjudícase la Licitación Pública Nacional e Internacional Ref. MCEI/MD-COFADENA/UR/LIC-OO2/99, “venta de 602.675 acciones equivalentes al 15.483% del paquete accionario de la Fábrica Nacional de Explosivos (FANEXA S.A. M.) de propiedad de COFADENA y la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado”, en favor de la empresa Unión Española de Explosivos S.A., en los siguientes montos:

  1. Por la “Venta de 602.675 acciones de COFADENA en FANEXA S.A.M.”, la suma de UN MILLON CIENTO SESENTA Y UN mil DOSCIENTOS veintitrés 50/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($US.1.161.223.50)
  2. Por la suscripción de nuevas acciones hasta el monto del capital autorizado en FANEXA S.A. M., la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES mil novecientos SETENTA Y SEIS 50/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($US.2.663.776.50)


El señor Ministro en el Despacho de Comercio Exterior e Inversión, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Adolfo Soliz Antezana, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25404, 1 de junio de 1999
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAdjudícase la Licitación Pública Nacional e Internacional "venta de 602.675 acciones equivalentes al 15.483% del paquete accionario de la Fábrica Nacional de Explosivos (FANEXA S.A.M.).
KeywordsGaceta 2143, 1999-06-15, Decreto Supremo, junio/1999
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9328
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Adolfo Soliz Antezana, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-1330] Bolivia: Ley de Privatización, 24 de abril de 1992
Ley de Privatización
[BO-DS-23991] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23991, 10 de abril de 1995
Todas las empresas y demás entidades públicas, propietarias de unidades económicas, activos, bienes, valores, acciones y derechos, se someten, a partir de la promulgación del presente decreto supremo, a procesos de reordenamiento, de acuerdo a las normas contenidas en este cuerpo legal.
[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-24855] Bolivia: Reglamento a la ley de organización del poder ejecutivo, DS Nº 24855, 22 de septiembre de 1997
Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
[BO-DS-24873] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24873, 20 de octubre de 1997
La Unidad de Reordenamiento cumplirá las funciones establecidas en la Ley de Pensiones 1732 de 29 /11/ 1996, decreto supremo, 23991 de 10 /04/ 1,995, resolución suprema 215521 de 13 de abril, de 1,995 y normas complementarias, bajo la dependencia del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión.

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