Artículo 1°.- Créase el Cantón “Asunción de Huancarama” en la jurisdicción de la Provincia Aroma de del Departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades: HUANCARAMA, POMPOSILLO, ACOME, IQUETANGA, YOROZA, PUCARAÑA, VILAQUE, CHAPICOLLO Y CHANCAHUAYTO.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: Al Norte, con el Cantón Santiago de Ventilla; Al Sur, con el Cantón Puchini, al Este con la Segunda Sección Municipal Umala, y al Oeste con el Cantón Aroma Vitoy Vinto.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1267, 30 de septiembre de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón asunción de Huancarama. Créase, en la Provincia Aroma de La Paz | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1991 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1267 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MILINA Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H.ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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