Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto establecer mecanismos para el control y fiscalización del endeudamiento público y las donaciones al Estado Plurinacional de Bolivia, principalmente las emergentes de la pandemia por el Coronavirus (COVID-19), precautelando la estabilidad y solvencia económica del Estado.
Artículo 2°.- (Endeudamiento público externo) Todo endeudamiento público externo, en especial el emergente por la pandemia por el Coronavirus (COVID-19), debe contar con condiciones financieras favorables para el país, en términos de tasas de interés y plazos, mismas que deberán ser autorizadas previo análisis, por la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante Ley, en el marco del Artículo 322 de la Constitución Política del Estado. ARTÍCULO 3.(ENDEUDAMIENTO PÚBLICO MEDIANTE EMISIÓN DE TÍTULOS VALOR EN MERCADOS DE CAPITAL EXTERNOS)
Artículo 4°.- (Control y fiscalización al endeudamiento público externo e interno y la emisión de títulos valor en mercados de capital externos)
Artículo 5°.- (Donaciones) El Órgano Ejecutivo informará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, sobre todas las donaciones habidas y por haber, externas e internas, en efectivo y/o en especie, principalmente las que tienen como destino la ayuda para la pandemia por el Coronavirus (COVID-19)
Artículo 6°.- (Control y fiscalización de las donaciones) . Para el control y fiscalización de las donaciones que recibió el país, el Órgano Ejecutivo deberá remitir en forma trimestral a la Asamblea Legislativa Plurinacional, un informe detallado y documentado sobre el uso y destino de dichos recursos considerando el nivel nacional, departamental y municipal.
Única .- El Órgano Ejecutivo en el plazo de treinta (30) días calendario a partir de la promulgación de la presente Ley, deberá informar a la Asamblea Legislativa Plurinacional sobre el endeudamiento público externo e interno, la emisión de títulos valor en mercados de capital externos y donaciones recibidas a partir de noviembre de 2019 a la fecha.
Única .- Se derogan todas las disposiciones normativas contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley para el control y fiscalización de endeudamiento público y donaciones, 15 de julio de 2020 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | LEY PARA EL CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO Y DONACIONES. | ||||
Keywords | Gaceta 1291NEC, Ley, julio/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168148 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1291NEC, 202009a.lexml | ||||
Creador | FDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemí Natividad Díaz Taborga, Rosario Rodríguez Cuellar, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso. MÓNICA EVA COPA MURGA PRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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