Bolivia: Decreto Supremo Nº 4380, 21 de octubre de 2020

Decreto Supremo Nº 4380
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley Nº 1267, de 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación - TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de donación bajo la modalidad de Apoyo Presupuestario Sectorial o casos excepcionales, y aquellos recursos que cuenten con autorización expresa en Ley o Decreto Supremo.
  • Que el Parágrafo X del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 4257, de 4 de junio de 2020, incorpora en la estructura del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural señalada en el Artículo 63 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por los Decretos Supremos Nº 1659, de 24 de julio de 2013 y Nº 3540, de 25 de abril de 2018, al Viceministerio de Turismo.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 4257, dispone que los activos, pasivos y documentación de los Ministerios de Estado fusionados por el citado Decreto Supremo, serán asumidos conforme corresponda por los Ministerios respectivos de acuerdo a las nuevas atribuciones asignadas en la mencionada norma.
  • Que el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, requiere la asignación presupuestaria de recursos adicionales para cumplir con las obligaciones del Viceministerio de Turismo asumidas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 4257.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto, autorizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

Artículo 2°.- (Autorización) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, realizar en la gestión 2020 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto de Bs6.128.316,02 (SEIS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO mil TRESCIENTOS DIECISÉIS 02/100 BOLIVIANOS), a favor del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural para el cumplimiento de obligaciones correspondientes al Viceministerio de Turismo.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Karen Longaric Rodríguez, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Gonzalo Silvestre Quiroga Soria, Branko Goran Marinkovic Jovicevic, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Adhemar Guzman Ballivian, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Álvaro Tejerina Olivera, María Eidy Roca de Sangüesa, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4380, 21 de octubre de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
KeywordsGaceta 1324NEC, Decreto Supremo, octubre/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168282
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1324NEC, 202011a.lexml
CreadorFDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Karen Longaric Rodríguez, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Gonzalo Silvestre Quiroga Soria, Branko Goran Marinkovic Jovicevic, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Adhemar Guzman Ballivian, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Álvaro Tejerina Olivera, María Eidy Roca de Sangüesa, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1267] Bolivia: Ley Nº 1267, 30 de septiembre de 1991
Cantón asunción de Huancarama. Créase, en la Provincia Aroma de La Paz
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-DS-N1659] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1659, 24 de julio de 2013
Incorpora la Dirección General de Análisis Productivo dependiente del Viceministerio de la Micro y Pequeña Empresa en la estructura jerárquica del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, establecida en el Artículo 63 el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
[BO-DS-N3540] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3540, 25 de abril de 2018
25 DE ABRIL DE 2018.- Crea el Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando.
[BO-L-N1267] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, 20 de diciembre de 2019
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2020.
[BO-DS-N4257] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4257, 4 de junio de 2020
Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
[BO-DS-N4380] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4380, 21 de octubre de 2020
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

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