CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la remuneración máxima en el Poder Ejecutivo, en el marco de la política de austeridad del Gobierno Nacional.
Artículo 2°.- (Remuneracion para las autoridades jerarquicas del poder ejecutivo) Se establece que la remuneración para autoridades jerárquicas del Poder Ejecutivo es la siguiente:
Presidente de la República | Bs.15.000.- |
Ministros de Estado | Bs.14.000.- |
Viceministros | Bs.13.800.- |
Directores Generales | Bs.13.500.- |
Artículo 3°.- (Remuneracion maxima en el sector publico) Conforme con lo dispuesto consecutivamente en el Artículo 2 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 y, posteriormente, por lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Nº 3302 de 16 de diciembre de 2005, “ningún servidor público de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 1178 - Ley de Administración y Control Gubernamentales, podrá percibir remuneración mensual superior a la aprobada para el Presidente de la República”. Por lo tanto, ninguna autoridad o funcionario público dependiente del sector público, entidades descentralizadas y desconcentradas, autárquicas, semiautárquicas y empresas públicas podrá percibir una remuneración mensual igual o superior al monto establecido para los Ministros de Estado.
Artículo 4°.- (Creacion de cuenta especial) Los recursos provenientes de la aplicación de la presente disposición deberán ser transferidos al Tesoro General de la Nación por el Ministerio de Hacienda, a una “Cuenta Especial de Ahorro”, la cual será destinada a ítems de nueva creación y redistribución para trabajadores de Salud y Educación.
Artículo 5°.- (Aplicacion)
Artículo 6°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28609, 26 de enero de 2006 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer la remuneración máxima en el Poder Ejecutivo, en el marco de la política de austeridad del Gobierno Nacional. | ||||
Keywords | Gaceta 2857, 2006-01-26, Decreto Supremo, enero/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26114 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AIMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Luis Alberto Arce Catacora, Carlos Villegas Quiroga, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Andrés Solíz Rada, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda, Santiago Alex Gálvez Mamani, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Walter Villarroel Morochi, Casimira Rodríguez Romero, Abel Mamani Marca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.