Bolivia: Decreto Supremo Nº 24265, 27 de marzo de 1996

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que la Ley Nº 1606 de 22 de diciembre de 1994 dispuso en su artículo 39 la creación del impuesto Especial a los Hidrocarburos (IEHD); Que en el artículo 6* del Anexo II del Decreto Supremo Nº 24013 de 20 de mayo de 1995 se establece la forma en que se debe efectuar la recaudación del impuesto antes indicado.
  • Que el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 24055 de 29 de junio de 1995 fijó las tasas especificas por unidad de medida para algunos derivados de los hidrocarburos las cuales fueron modificadas mediante Decreto Supremo Nº 24217 de 20 de enero de 1996.
  • Que los precios de referencia para importación de Diésel Oíl han sufrido variaciones en los países de origen, perjudicando la economía de las importaciones que tanto Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos como los comerciantes privados deben efectuar a fin de atender la demanda insatisfecha del mercado nacional.
  • Que en consecuencia, es conveniente modificar la tasa especifica del IEHD para el Diésel Oíl.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Modificase la ley especifica del IEHD para Diésel Oíl al valor de Bs.0.40 (CUARENTA CENTAVOS DE BOLIVIANO) por litro, manteniéndose invariables las demás tasas específicas fijadas en el Decreto Supremo Nº 24217 de 20 de enero de 1996.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis años
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor D'Arlach. MINISTRO SUPLENTE DE RR. EE. y CULTO, Carlos Sanchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo. José Guillermo Justiniano Sandoval. René Oswaldo Blattman Bauer. Gonzalo Afcha de la Parra. MINISTRO SUPLENTE DE HACIENDA. Freddy Teodovich Ortiz Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24265, 27 de marzo de 1996
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioModifícase la tasa específica del IEHD para Diesel Oil al valor de Bs.0.40 por litro.
KeywordsDecreto Supremo, marzo/1996
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24265.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor D'Arlach. MINISTRO SUPLENTE DE RR. EE. y CULTO, Carlos Sanchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo. José Guillermo Justiniano Sandoval. René Oswaldo Blattman Bauer. Gonzalo Afcha de la Parra. MINISTRO SUPLENTE DE HACIENDA. Freddy Teodovich Ortiz Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1606] Bolivia: Ley Nº 1606, 22 de diciembre de 1994
Impuesto al Valor Agregado. Modifícase la Ley N° 843 del 20 de mayo de 1986
[BO-DS-24013] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24013, 20 de mayo de 1995
Apruébase el Texto Ordenado de la Ley N9 843 de 20 de mayo de 1986, conforme a lo dispuesto en el Artículo 42 de la Ley Ns 1606 .de 22 de diciembre.de 1994, en sus XI Títulos, 39 Capítulos y 105 Artículos, del modo que se expone en el Anexo I del presente Decreto Supremo.
[BO-DS-24055] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24055, 29 de junio de 1995
IMPUESTO ESPECIAL A LOS HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS (IEHD).
[BO-DS-24217] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24217, 20 de enero de 1996
Modifícase el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 24055 de 29 /06/ 1995

Referencias a esta norma

[BO-DS-24395] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24395, 25 de octubre de 1996
Modificase las tasas específicas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados.
[BO-DS-24792] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24792, 4 de agosto de 1997
Modifícase las siguientes tasas específicas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados.
[BO-DS-24838] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24838, 5 de septiembre de 1997
Se deroga el contenido y alcances del decreto supremo 24792 de 4/08/1,997 (impuesto especial a los hidrocarburos).
[BO-DS-24915] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24915, 5 de diciembre de 1997
Modíficase las siguientes tasas específicas del impuesto especial a los hidrocarburos y sus derivados.
[BO-DS-25251] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25251, 17 de diciembre de 1998
Modifícase las tasas específicas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, actualizando las mismas de acuerdo a la devaluación acumulada del boliviano con relación al dólar estadounidense.

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