CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Incremento de la partida presupuestaria 252) Con la finalidad contratar los servicios necesarios para concretar los objetivos nacionales planteados se autoriza incrementar con recursos provenientes del Contrato de Préstamo CAF No.2845 la partida presupuestaria 25200 “Estudios e Investigaciones” del Presupuesto aprobado, de acuerdo a los siguientes montos para cada institución:
Ministerio de Desarrollo Económico Bs 3.875.280,00 (Tres millones novecientos setenta y cinco mil doscientos ochenta 00/100 Bolivianos).
Ministerio de Minería e Hidrocarburos Bs 3.417.000,00 (Tres millones cuatrocientos diecisiete mil 00/100 Bolivianos).
Ministerio de la Presidencia Bs 3.449.160,00 (Tres millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento sesenta 00/100 Bolivianos).
Corte Nacional Electoral Bs.5.933.520,00 (Cinco millones novecientos treinta y tres mil quinientos veinte 00/100 Bolivianos).
Artículo 2°.- (Contratacion) Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Económico al amparo de los principios de economía, eficiencia, publicidad , igualdad, competencia y debido proceso efectuar las contrataciones que sean necesarias por un procedimiento excepcional a efectos de cumplir el Contrato de Préstamo CAF No.2845 en relación al artículo primero del presente Decreto Supremo, mismas que se sujetarán a las siguientes normas comunes de contratación.
Modalidades y cuantías para la contratación.
- Invitación Directa de $us.1 a $us.100.000 equivalentes en Bs. al cambio oficial del día emitido por el Banco Central de Bolivia.
- Licitación Pública de $us.100.001 en adelante equivalentes en Bs. al cambio oficial del día emitido por el Banco Central de Bolivia.
Artículo 3°.- (Coordinacion interinstitucional y transferencia) El Ministerio de Desarrollo Económico será el encargado de coordinar las actividades, relacionadas con el uso de los recursos del Crédito CAF Nº 2485, en lo que se refiere al componente Gas, con los Ministerios de la Presidencia y de Minería e Hidrocarburos y de transferir $us 3.000.000.- (TRES MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS) a la Corte Nacional Electoral para ser usados conforme al presupuesto aprobado, para cubrir los costos del referendum.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27396, 10 de marzo de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza incrementar con recursos provenientes del Contrato de Préstamo CAF No.2845 la partida presupuestaria 25200 “Estudios e Investigaciones” del Presupuesto gestión 2004. | ||||
Keywords | Gaceta 2576, 2004-03-12, Decreto Supremo, marzo/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24950 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Mauricio B. Galleguillos Camacho Ministro Interino de Minería e Hidrocarburos, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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