Artículo 1°.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento, por la suma de hasta CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us 55.000.000 -), destinados a financiar Programas Nacionales en las Areas de Infraestructura Perturban y Rural, Gas y Protección Social.
Artículo 2°.- Para hacer efectiva la utilización de los recursos del segundo componente “Gestión del Gas”, el Poder Ejecutivo, para su correspondiente ejecución, deberá presentar al Poder Legislativo al menos 30 días antes del primer desembolso, los programas y proyectos específicos en los que serán utilizados.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2598, 18 de diciembre de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito con la CAF, por $us 55.000.000.- (Programas Nacionales en las Áreas de Infraestructura Periurbana y Rural, Gas y Protección Social) | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2003 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2598 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orozco. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Xavier Nogales Iturri, Javier Gonzalo Cuevas Argote. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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