CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Aporte de ENDE a SETAR) El aporte de activos y proyectos en ejecución de ENDE a favor de SETAR, dispuesto por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 24209 de fecha 6 de enero de 1996, contempla ciertos pasivos que corresponden a las obligaciones y deudas contraídas para el financiamiento de los activos aportados y el pasivo social de los trabajadores de ENDE en el área de generación en el Departamento de Tarija. Asimismo incluye las cuentas por cobrar de ENDE a SETAR derivadas del Proyecto Electrificación Rural Fase II, veintiún mil doscientas seis (21.206) luminarias Phillips y la venta de energía eléctrica de ENDE a SETAR al 1 de julio de 1996.
Los montos correspondientes a estos activos y pasivos, expresados en la moneda oficial de los Estados Unidos de Norteamérica son los siguientes:
Activos:
- Cuentas por cobrar derivadas del Proyecto Electrificación
Rural Fase II $us.742.372, 53
- Luminarias Phillips $us.138.506, 48
- Venta de Energía Eléctrica a SETAR al 1 de julio de 1996 $us.3.818.304, 08
Pasivos:
Saldo de la deuda a capital a la Corporación Andina de
Fomento (CAF) en el marco del préstamo CAF - 085
para la adquisición de la segunda turbina termoeléctrica
a gas natural para la central de La Tablada.$us.1.605.311, 33
Obligaciones contraídas con la Asociación Nacional
de Cooperativa Eléctricas Rurales (NRECA por sus
siglas en inglés) para la instalación de la Planta Bermejo.$us.877.413, 98
Artículo 2°.- (Condonacion de los pasivos de setar por parte de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE) Los siguientes pasivos serán condonados por ENDE:
Las amortizaciones, intereses y comisiones efectuadas
al 27 de marzo de 2000, a la Corporación Andina de
Fomento en el marco del préstamo CAF - 085 $us.1.853.150, 73
Deuda que mantiene SETAR con ENDE por concepto
de Provisión de energía eléctrica.$us.993.011, 87
Artículo 3°.- (Reconocimiento de las obligaciones sociales por parte de SETAR) SETAR reconoce el total de pasivo laboral de todos los trabajadores de ENDE en el área de generación en el Departamento de Tarija, a partir de su contratación por ENDE, en los montos actualizados que correspondan, a la fecha efectiva de su liquidación.
Artículo 4°.- (Transferencia de las acciones del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión en SETAR a la Prefectura del Departamento de Tarija) A la fecha de suscripción del contrato de transferencia de los activos de SETAR, a favor del futuro adjudicatario, las acciones pertenecientes al Ministerio de Comercio Exterior e Inversión en SETAR, quedan transferidas a la Prefectura del Departamento de Tarija.
Artículo 5°.- (Perfeccionamiento de los instrumentos legales y administrativos) El perfeccionamiento de los instrumentos legales y administrativos pertinentes al reconocimiento y subrogación de los activos y pasivos indicados en los artículos precedentes, deberá efectuarse con la participación de ENDE, SETAR y el Ministerio de Hacienda en lo que los corresponda, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario a partir de la aprobación del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26027, 22 de diciembre de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El aporte de activos y proyectos en ejecución de ENDE a favor de SETAR. | ||||
Keywords | Gaceta 2280, 2000-12-22, Decreto Supremo, diciembre/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23587 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Luis Fernando Quiroga Ramirez MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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