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País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
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ID lexivox
FechaDesde Hasta
Gaceta 1719 1991-12-20 Decreto Presidencial octubre/1991
Designase Ministro de Energía e Hidrocarburos, con carácter interino, al Dr. Alejandro Nowotny Vera, Subsecretario de Inversión Energética, mientras dure la ausencia del titular.
Ley octubre/1991
Electrificación. Declárase de necesidad nacional para los pueblos de las Provincias linares y nor chichas de Potosí
Designase Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, con carácter interino, al señor Marcelo Pérez Monasterios, Subsecretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, mientras dure la ausencia del titular.
Gaceta 1718 1991-10-13 Decreto Supremo octubre/1991
Reconócese al Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A., BLADEX, la categoría y calidad de institución financiera multilateral, dedicada al financiamiento de las exportaciones de bienes y servicios, excluyéndola de cualquier renegociación de la deuda externa de la República de Bolivia.
Se aprueba el contrato de rendimiento suscrito por los Ministros de Planeamiento y Coordinación, Finanzas y Energía e Hidrocarburos con la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD S.A., ENDE, en sus dieciseis cláusulas y seis anexos, por un periodo de cinco años del 1 de enero de 1991 al 31 de diciembre de 1995.
Gaceta 1717 1991-12-02 Decreto Supremo octubre/1991
Autorízase al Ministro de Planeamiento y Coordinación, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia con la Corporación Andina de Fomento CAF, el Convenio de Suscripción de 8.000 (Ocho Mil) acciones de la serie B con un valor de Sus. 5.000.- (Cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) cada una.
Ampliase la superficie del "Parque Nacional Amboró", dispuesta por decreto supremo 20423, a 637.600 Has., ubicadas en las provincias Andrés Ibañez, Ichilo, Florida y Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz con las siguientes coordenadas y límites geográficos:
Se aprueba el contrato de financiamiento suscrito por la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, ENTEL, con la COOPERATIVA DE TELEFONOS AUTOMATICOS DE RIBERALTA, COTERI, destinado a la adecuación de sus instalaciones y la adquisición de equipos de interconexión apropiados y compatibles con el sistema automatizado de ENTEL, bajo las siguientes condiciones:
Se dispone la adhesión de Bolivia al Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a inversiones entre los Estados y nacionales de otros Estados acordado por los Estados miembros del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento el 18 de marzo de 1965, debiendo depositarse el correspondiente instrumento de adhesión en la Secretaría General del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Se autoriza al Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, por intermedio del Comando General de la Policia Nacional, a suscribir los contratos que fuesen necesarios, haciendo constar las modalidades del servicio a prestarse, con las entidades integrantes de la red bancaria del país, para la recaudación de fondos de la Policia Nacional, provenientes de multas, compra de formularios - valorados y/o cualquier otro concepto.
Declarar Parque Nacional al área Comprendida entre las provincias Carrasco, Tiraque y Chapare del departamento de Cochabamba, incluyendo la zona oeste del. Bosque Permanente de Protección SAJTA ICHILO, asi como el área del Santuario de Vida Silvestre "Cavernas del Rapechón".
Se dispone a través del presupuesto del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, otorgar a la Comunidad Novidente de Bolivia, el bono anual de indigencia de Bs 235.-
Se expropia por causa de necesidad .y utilidad públicas la superficie de 43.2140 Hectáreas de terrenos del sector circundante a la laguna denominanda "Ajuan Khota" de la comunidad "Hampaturi" del cantón Palca de la provincia Murillo del departamento de La Paz, en favor del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), con destino a la ampliación de la presa en la laguna Ajuan Khota.
Se encomienda el ejercicio de la Presidencia de la República al señor Vicepresidente Constitucional, Dr. Luis Ossio Sanjinés, mientras dure la ausencia temporal del señor Presidente Constitucional de la República, Lic. Jaime Paz Zamora.
Abrógase el Decreto Supremo Nº 22590 de fecha 30 de agosto de 1990.
Ley de la falta de fiabilidad
Errar es humano, pero para enredar las cosas de verdad, hace falta un computador.
Sonreir otro poco...
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