CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la asignación de recursos y establecer las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva - FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Apícola, denominada PROMIEL.
Artículo 2°.- (Autorización) Se autoriza al Banco de Desarrollo Productivo S. A. M.- BDP SAM Banco de Segundo Piso, a suscribir un contrato de préstamo con SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Apícola, denominada PROMIEL, por un monto total de hasta Bs93.104.783,00 (NOVENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUATRO mil novecientos OCHENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS) con recursos del FINPRO, de los cuales hasta Bs10.750.680,00 (DIEZ MILLONES novecientos CINCUENTA mil SEISCIENTOS OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS) serán destinados para el proyecto “Producción Primaria de Stevia en el Trópico de Cochabamba” y hasta Bs82.354.103,00 (OCHENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO mil CIENTO TRES 00/100 BOLIVIANOS) para el proyecto “Implementación de una Planta de Procesamiento de Stevia”.
Artículo 3°.- (Plazo, tasa de interés y forma de pago)
Artículo 4°.- (Garantías)
Artículo 5°.- (Evaluación, seguimiento y control) El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural será el encargado de realizar la evaluación, seguimiento y control de los recursos otorgados por el Fideicomiso del FINPRO a favor del SEDEM para la Empresa Pública Productiva Apícola, denominada PROMIEL
Artículo adicional Único.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1447, de 25 de diciembre de 2012, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 3.- (FUNCIÓN PRINCIPAL). PROMIEL tendrá como función principal fomentar el desarrollo del sector apícola nacional, así como de edulcorantes, en todo el complejo productivo, contribuyendo al mejoramiento de la alimentación y las condiciones de vida de productores y consumidores.”
Artículo transitorio Único.- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural aprobará el diseño final de los proyectos señalados en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2110, 8 de septiembre de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Pública Productiva Apícola, denominada PROMIEL. | ||||
Keywords | Gaceta 677NEC, Decreto Supremo, septiembre/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152699 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 677NEC, 201410b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE DEFENSA, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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