CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el financiamiento para la adquisición de una Planta de Extracción de Licuables para la producción de Gas Licuado de Petróleo - GLP y Gasolina Natural que alcanzará un valor de $us90.000.000.- (NOVENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES)
Artículo 2°.- (Financiamiento inicial) Se autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir en calidad de “Fideicomitente” un contrato de Fideicomiso por un plazo de dos (2) años y medio con el Banco de Desarrollo Productivo SAM - Banco de Segundo Piso, en calidad de Fiduciario, mediante la transferencia de $us45.000.000.- (CUARENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) para la conformación de un patrimonio autónomo con el objeto de financiar el cincuenta por ciento (50%) del monto requerido para la adquisición de la Planta de Extracción de Licuables para la producción de Gas Licuado de Petróleo - GLP y Gasolina Natural.
Artículo 3°.- (Contrato de fideicomiso)
Artículo 4°.- (Gestión) Los Ministros de Planificación del Desarrollo, Hacienda e Hidrocarburos y Energía, identificarán y realizarán las gestiones necesarias para garantizar el financiamiento de los $us45.000.000.- (CUARENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) requeridos para cubrir el costo total de la adquisición de la Planta.
Artículo 5°.- (Presupuesto) Se instruye al Ministerio de Hacienda y a YPFB inscribir en sus respectivos presupuestos, la constitución del fideicomiso y la obtención de los recursos correspondientes.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29564, 14 de mayo de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece el financiamiento para la adquisición de una Planta de Extracción de Licuables para la producción de Gas Licuado de Petróleo - GLP y Gasolina Natural que alcanzará un valor de $us90.000.000.- (NOVENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES). | ||||
Keywords | Gaceta 3091, 2008-05-15, Decreto Supremo, mayo/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27079 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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