CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el marco para el Referéndum vinculante sobre la política energética del país.
Artículo 2°.- (Convocatoria) De conformidad al Parágrafo I del Artículo 4 de la Constitución Política del Estado y al inciso a) del numeral 1 del Artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica ratificado por la Ley Nº 1430, se convoca a la ciudadanía al Referéndum vinculante sobre la política energética del país a realizarse el día 18 de julio de 2004.
Artículo 3°.- (Preguntas)
Artículo 4°.- (Campaña de informacion) La Corte Nacional Electoral llevará a cabo, en el ámbito territorial nacional, una campaña de información a la ciudadanía con el objeto de que conozca el procedimiento de participación en el Referéndum vinculante sobre la política energética del país.
Artículo 5°.- (Alcance)
Artículo 6°.- (Plazos) La Corte Nacional Electoral se sujetará a los siguientes plazos para la administración del Referéndum vinculante sobre la política energética del país:
Artículo 7°.- (Asignacion presupuestaria) El Ministerio de Hacienda asignará un presupuesto extraordinario para la realización del Referéndum vinculante sobre la política energética del país, que será propuesto y administrado por la Corte Nacional Electoral.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27449, 13 de abril de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer el marco para el Referéndum vinculante sobre la política energética del país. | ||||
Keywords | Gaceta 2587, 2004-04-14, Decreto Supremo, abril/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25003 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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