CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la Dirección Nacional de Comunicación Social.
Artículo 2°.- (Direccion Nacional de Comunicacion Social)
Artículo 3°.- (Supresion)
Artículo 4°.- (Organizacion y funciones) La Dirección Nacional de Comunicación Social en un lapso no mayor a 30 días de publicado el presente Decreto Supremo, deberá presentar el proyecto de su organización interna y funciones al Ministro de la Presidencia para su aprobación mediante Resolución Ministerial, previo informe de las Direcciones Generales de Asuntos Administrativos y Jurídico del Ministerio.
Artículo 5°.- (Sistema Nacional de Comunicacion) La Dirección Nacional de Comunicación Social en un lapso no mayor a 20 días de publicado el presente Decreto Supremo, deberá presentar el proyecto para el Sistema Nacional de Comunicación al Ministro de la Presidencia.
Artículo 6°.- (Vigencia de normas)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27308, 9 de enero de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se crea la Dirección Nacional de Comunicación Social. DINACOM | ||||
Keywords | Gaceta 2555, 2004-01-09, Decreto Supremo, enero/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24862 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier, Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Rios Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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