CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- El alcance de los recursos remanentes del Crédito de Liquidez del Banco Central de Bolivia establecidos en el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26456, relacionados al Programa de Prevención por el Fenómeno de El Niño “2001 - 2002, incluyen: (i) los gastos de fortalecimiento institucional en que incurran las Entidades Ejecutoras y/o el Servicio Nacional de Reducción de Riesgos - SENAR relacionados con los Proyectos que son parte de este Programa de Prevención; (ii) los gastos de seguimiento, control y monitoreo a ser ejecutados por el SENAR para dicho Programa.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26708, 18 de julio de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El alcance de los recursos remanentes del Crédito de Liquidez del Banco Central de Bolivia sean destinados al SENAR. | ||||
Keywords | Gaceta 2419, 2002-08-04, Decreto Supremo, julio/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24263 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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