CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Tasa de IEHD) En aplicación a la Ley Nº 2152 de 23 de noviembre de 2000 se fija el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) en 0.70 Bs/Litro para el Diesel mil Importado.
Artículo 2°.- (Derogaciones) Se derogan los artículos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 28177 de fecha 4 de mayo de 2001.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26225, 21 de junio de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Fija el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) en 0.70 Bs/Litro para el Diesel Oil Importado. | ||||
Keywords | Gaceta 2323, 2001-06-28, Decreto Supremo, junio/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23782 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Jorge Soruco Villanueva MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Adhemar Guzmán Ballivián MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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