CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar el Informe de la Comisión Negociadora de fecha 8 de junio de 1999, referida a la negociación con el “Consorcio Aguas del Tunari” dispuesta por Decreto Supremo Nº 25351, a cuyo efecto, se define la opción recomendada de establecer el pago de alquiler, por parte del futuro concesionario, por los activos fijos de SEMAPA, conforme refiere el párrafo 42, inciso a, del citado Informe.
Artículo 2°.- Aceptar la Propuesta Final del “Consorcio Aguas del Tunari” de 3 de junio de 1999 y adjudicar en favor del mismo, el aprovechamiento de aguas, la prestación del servicio público de agua potable y alcantarillado para la ciudad de Cochabamba, el suministro de agua de riego y la generación de energía eléctrica, en el contexto de la ejecución del proyecto Múltiple Misicuni, en el marco de su Propuesta Final y del Informe de la Comisión Negociadora, aprobado en el artículo anterior.
Artículo 3°.- Para los efectos del artículo anterior, las Superintendencias de Aguas y de Electricidad otorgarán las concesiones y licencias correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el articulo 11 de la Ley Nº 1600 del Sistema de Regulación Sectorial SIRESE, las normas legales sectoriales y demás disposiciones legales en vigencia. Los contratos de Concesión y Licencia, deberán ser suscritos en el plazo de sesenta días calendario por la Sociedad Anónima a ser conformada por el adjudicatario “Consorcio Aguas del Tunari”, sujetarse a la propuesta adjudicada y adecuarse a las condiciones y formas establecidas por las Superintendencias, conforme a las normas regulatorias aplicables en la República de Bolivia. En tanto no se suscriban los contratos con las Superintendencias, no podrá considerarse que la adjudicación establecida en el presente decreto crea derechos en favor del Consorcio Aguas del Tunari.
Artículo 4°.- En caso que los contratos de concesión y licencia no fueran suscritos en el plazo establecido en el articulo anterior, por causas imputables al “Consorcio Aguas del Tunari”, el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, queda facultado a ejecutar la boleta de garantía bancaria de seriedad de propuesta, presentada por dicho Consorcio, emitida el 26 de abril de 1999 y enmendada el 2 de junio de 1999.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25413, 11 de junio de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprobar el Informe de la Comisión Negociadora de fecha 8 /06/ 1999, referida a la negociación con el “Consorcio Aguas del Tunari” dispuesta por decreto supremo 25351 (Proyecto Múltiple Misicuni). | ||||
Keywords | Gaceta 2143, 1999-06-15, Decreto Supremo, junio/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9337 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Adolfo Soliz Antezana, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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