CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Amplíase las nóminas de bienes de capital aprobadas mediante los Decretos Supremos Nº 21660 de 10 de julio de 1987, Nº 21910, Nº 21979 y Nº 22151 de 31 de marzo y 5 de agosto de 1988 y 13 de marzo de 1989, con la incorporación de los siguientes bienes:
POSICION ARANCELARIA | D E S C R I P C I O N | ||
39.07 | MANUFACTURAS DE LAS MATERIAS DE LAS POSICIONES 39.01 A 39.06, INCLUSIVE | ||
01.00 | Tubos y sus accesorios de conexión, varillas, barras y perfiles | ||
85.01 | MAQUINAS GENERADORAS, MOTORES, CONVERTIDORES ROTATIVOS O ESTATIVOS (RECTIFICADORES, ETC.), TRANSFORMADORES, BOBINAS DE REACTANCIA Y DE AUTOINDUCCION | ||
03.00 | Grupos generadores | ||
11 | De corriente alterna de más de 30 KVA | ||
85.04 | ACUMULADORES ELECTRICOS | ||
89.00 | Otros | ||
85.13 | APARATOS ELECTRICOS PARA TELEFONIA Y TELEGRAFIA CON HILOS, INCLUIDOS LOS APARATOS DE TELECOMUNICACION POR CORRIENTE PORTADORA | ||
01.00 | Aparatos de Telefonía | ||
01 | Teléfonos | ||
03 | Centrales de conmutación automática | ||
99 | Los demás | ||
90.00 | Partes y piezas | ||
85.23 | HILOS, TRENZAS, CABLES (INCLUIDOS LOS CABLES COAXIALES O PLETINAS BARRAS Y SIMILARES, AISLADOS PARA LA ELECTRICIDAD (INCLUSIVE LAQUEADOS U OXIDADOS ANODICAMENTE), PROVISTOS O NO DE PIEZAS DE CONEXION | ||
89.00 | Otros | ||
90.28 | INSTRUMENTOS Y APARATOS ELECTRICOS O ELECTRONICOS DE MEDIDA, VERIFICACION, CONTROL, REGULACION O ANALISIS | ||
04.00 | Reguladores automáticos de magnitudes eléctricas o de otras magnitudes | ||
99 | Los demás |
Artículo 2°.- Los bienes de capital, incluidos en el artículo 1 de este decreto, son únicamente aquellos adquiridos exclusivamente por cooperativas telefónicas legalmente establecidas y destinados a la ampliación o expansión de sus servicios públicos de telefonía.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22401, 8 de enero de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Amplíase las nóminas de bienes de capital aprobadas mediante los decretos supremos 21660 de 10 de julio de 1987, 21910, 21979 y 22151 de 31 de marzo y 5 de agosto de 1988 y 13 de marzo de 1989, con la incorporación de los siguientes bienes: | ||||
Keywords | Gaceta 1632, 1990-01-12, Decreto Supremo, enero/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8563 | ||||
Referencias | 1990.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luis Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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