CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Libérase con caracter excepcional en el estricto marco de las leyes Nº 876, Nº 877 y Nº 967, del pago del gravamen aduanero consolidado por un período de cinco años, computables a partir del inicio de actividades de producción, a la importación de materia prima, siempre que esta no se produzca en el país y esté sometida a un proceso de transformación física o química y utilizada en la producción de bienes de las nuevas industrias a instalarse o que se hallen en proceso de instalación, en los departamentos de Oruro y Potosí.
Artículo 2°.- Las industrias del caso, deberán estar debidamente registradas, para acogerse a los presentes beneficios.
Artículo 3°.- El Ministerio de Finanzas determinará los procedimientos de verificación y control de ingreso y utilización de las materias primas importadas; y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo registrará a las correspondientes industrias beneficiadas, llevando una adecuada cuantificación y control de tales beneficios.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22178, 13 de abril de 1989 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | LIBERASE CON CARÁCTER EXCEPCIONAL EN ESTRICTO MARCO DE LAS LEYES 876, 877 Y 967 DEL PAGO DEL GRAVAMEN ADUANERO CONSOLIDADO, POR UN PERIODO DE CINCO ANOS A LOS DEPARTAMENTOS DE ORURO Y POTOSÍ. | ||||
Keywords | Gaceta 1594, 1989-04-24, Decreto Supremo, abril/1989 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8514 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1594 - Publicado el: 1989-04-24, 1989.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Valentin Abecia Baldivieso, Eduardo Pérez Beltran, Alfonso Revollo Thenier, Min. Finanzas a. i. Fernando Romero Moreno, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis Alfonso Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José Guillermo Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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