CONSIDERANDO:
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Con el dictámen afirmativo de los Ministros del Gobierno Revolucionario.
DECRETA:
Artículo 1°.- En cumplimiento del Decreto Supremo Nº 08956 de 17 de octubre del 1969, de nacionalización de bienes y acciones de Bolivia Gulf mil Company, se dispone que la totalidad de las acciones que Bolivian Gulf mil Company, tenía en la compañía YABOG, sean, registradas a nombre del Estado boliviano en el respectivo Libro de Accionistas de la Sociedad.
Artículo 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, desígnase Representante de las Acciones del Estado boliviano en YABOG, al Director General de Petróleo quien representará al Estado en la Junta Especial de Accionistas y Directiva, asi como del Consejo de Administración de dicha Sociedad de acuerdo a lo previsto en sus Estatutos debiendo asimismo, designarse los respectivos personeros de la Sociedad otorgándoles las facultades legales correspondientes.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8981, 7 de noviembre de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | En cumplimiento del D.S. N° 08956 de 17 de octubre del 1969, de nacionalización de bienes y acciones de Bolivia Gulf Oil Company, se dispone que la totalidad de las acciones que Bolivian Gulf Oil Company. | ||||
Keywords | Gaceta 477, Decreto Supremo, noviembre/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3384 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 477, 202106e.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Antonio Sánchez de Lozada, César Ruíz Velarde, Mariano Baptista G., Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca García, Mario Rolón Anaya, Wálter Arzabe F., Carlos Hurtado G., Oscar Bonifaz Gutiérrez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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