Bolivia: Decreto Supremo Nº 24716, 22 de julio de 1997

GONZALO SANCHEZ PE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que. mediante ley de 28 de noviembre de 1906. se elevó a rango de ley el Reglamento de Dominio y Aprovechamiento de Aguas de 8 de septiembre de 1879.
  • Que. la Ley Nº 1600 de 28 de octubre de 1994 ha creado el Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) con el objetivo de regular, controlar y supervisar aquellas actividades de los sectores de telecomunicaciones, electricidad, transportes, hidrocarburos, aguas y las de otros sectores que mediante ley sean incorporados al Sistema.
  • Que. el artículo 96 numeral 1 de la Constitución Política del Estado, establece como atribución del Presidente de la República ejecutar y hacer cumplir las leyes, expidiendo los decretos y órdenes convenientes, sin definir privativamente derechos, alterar los definidos por ley ni contrariar sus disposiciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébanse el Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del Sector de Aguas y el Reglamento de Uso de Bienes de Dominio Publico y de Servidumbres para Servicios de Aguas, cuyos textos forman parte del presente decreto supremo como Anexos I y II respectivamente.

Artículo 2°.- Las disposiciones contenidas en el Reglamento aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 510 de 29 de octubre de 1992 del Ministerio de Asuntos Urbanos no contrarias al presente decreto supremo ni a los reglamentos aprobados por el mismo, se aplicarán únicamente con carácter supletorio a los contratos suscritos por el Superintendente de Aguas.

Artículo 3°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a los Reglamentos aprobados por el presente Decreto Supremo.


Los Ministros de Estado en los despachos de Hacienda y Desarrollo Humano, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez. Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24716, 22 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébanse el Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del Sector de Aguas y el Reglamento de Uso de Bienes de Dominio Público y de Servidumbres para Servicios de Aguas, cuyos textos forman parte del presente decreto supremo como Anexos I y II respectivamente.
KeywordsDecreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24716.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez. Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1600] Bolivia: Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE), 28 de octubre de 1994
Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE)

Referencias a esta norma

[BO-DS-25133] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25133, 21 de agosto de 1998
Se autoriza la participación del sector privado en la prestación del servicio público de agua potable y alcantarilla para la ciudad de Cochabamba y en el Proyecto Múltiple Misicuni.
[BO-DS-25500] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25500, 30 de agosto de 1999
Encomiéndase a la Superintendencia de Aguas, proceder a la licitación pública nacional, para otorgar la concesión del uso y aprovechamiento de las aguas manantiales del Silala, ubicadas en la Provincia Sur Lípez del departamento de Potosí.
[BO-L-2029] Bolivia: Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, 29 de octubre de 1999
Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. Publicada en edición especial. N° 0009
[BO-L-2066] Bolivia: Ley de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, 11 de abril de 2000
Ley Modificatoria a la Ley N° 2029 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario

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