Bolivia: Decreto Supremo Nº 2348, 1 de mayo de 2015

Decreto Supremo Nº 2348
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con una remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que el asegure para sí y su familia una existencia digna.
  • Que el Parágrafo II del Artículo 49 del Texto Constitucional, dispone que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales; reincorporación; descansos remunerados y feriados; cómputo de antigüedad, jornada laboral y otros derechos sociales.
  • Que la Disposición Adicional Tercera de la Ley Nº 466, de 26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pública, determina que los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, y de Trabajo, Empleo y Previsión Social, establecerán en forma coordinada, la política salarial para las Empresas Públicas.
  • Que el Parágrafo IV de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Nº 466, señala que la empresa continuará desarrollando sus actividades conforme a su normativa hasta el día siguiente hábil a la notificación con el registro de la empresa que establezca la adopción de la nueva tipología.
  • Que es tarea del Gobierno del Estado Plurinacional, continuar con la política salarial, en el marco de la normativa vigente, que permita mantener las condiciones de una remuneración justa.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial.

Artículo 2°.- (Incremento salarial) El incremento salarial para las trabajadoras y los trabajadores de las Empresas Públicas del nivel central del Estado, será autorizado mediante Decreto Supremo expreso.

Artículo 3°.- (Porcentaje) El porcentaje de incremento salarial no podrá ser superior al incremento salarial aprobado anualmente para el sector público, de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada empresa.

Artículo 4°.- (Requisitos) Para ser beneficiarias del incremento salarial, las Empresas Públicas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Demostrar sostenibilidad financiera en su flujo de caja proyectado para al menos tres (3) años;
  2. Haber generado utilidad operativa en la gestión anterior;
  3. El incremento salarial deberá ser financiado con ingresos generados en la operación del giro del negocio; no debiendo implicar:
    - Ajuste en los precios de los productos o servicios prestados;
    - Uso de transferencias por subvenciones, fideicomisos, aportes de capital del Tesoro General de la Nación - TGN u otros recursos de carácter no recurrente.

Artículo 5°.- (Procedimiento y plazos)

  1. Las Empresas Públicas deberán presentar al Ministerio Responsable del Sector la solicitud de incremento salarial acompañada de la autorización de su Máxima Instancia Resolutiva, Balance General, Estado de Resultados, Flujo de Efectivo, dictamen de auditoría externa y otra información que considere pertinente; en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la publicación del Decreto Supremo de incremento salarial para el Sector Público.
  2. A partir de la recepción de la solicitud el Ministerio Responsable del Sector tendrá un plazo máximo de quince (15) días calendario, para evaluar e iniciar el trámite para la aprobación del Decreto Supremo correspondiente en el marco de la normativa vigente.

Artículo 6°.- (Incremento salarial para las empresas en las cuales el estado tenga mayoría accionaria)

  1. Las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, podrán asignar un incremento salarial, previa evaluación en el marco del Artículo 4 del presente Decreto Supremo, debiendo la Máxima Autoridad Ejecutiva, remitir el informe de evaluación al Directorio de la Casa Matriz o al Ministerio Responsable de Sector, según corresponda, para su autorización.
  2. El incremento salarial podrá distribuirse de manera inversamente proporcional; siempre y cuando la variación total de la masa salarial, emergente de la aplicación del incremento salarial, no supere el porcentaje aprobado anualmente para el sector público.

    Disposiciones finales

Artículo final Único.- Las Empresas Públicas de los Gobiernos Autónomos Departamentales o Municipales, podrán fijar un incremento salarial, acorde a los parámetros establecidos anualmente para el sector público, de acuerdo a su sostenibilidad financiera y en el marco de su normativa vigente.

Disposiciones abrogatorias y derogatorias

Artículo abrogatorio Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 2002, de 16 de mayo 2014.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de mayo del año dos mil quince.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, José Hugo Moldiz Mercado, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 2348, 1 de mayo de 2015
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario01 DE MAYO DE 2015.- Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial.
KeywordsGaceta 749NEC, Decreto Supremo, mayo/2015
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153089
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 749NEC, 201505a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, José Hugo Moldiz Mercado, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Abroga a

[BO-DS-N2002] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2002, 19 de mayo de 2014
Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas del nivel Central del Estado y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadores del incremento salarial.

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N466] Bolivia: Ley de la Empresa Pública, 27 de diciembre de 2013
Ley de la Empresa Pública
[BO-DS-N2002] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2002, 19 de mayo de 2014
Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas del nivel Central del Estado y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadores del incremento salarial.
[BO-DS-N2348] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2348, 1 de mayo de 2015
01 DE MAYO DE 2015.- Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N2423] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2423, 24 de junio de 2015
24 DE JUNIO DE 2015.- Aprueba el incremento salarial de hasta el ocho punto cinco por ciento (8.5 %) para las trabajadoras y los trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, que será aplicado a partir del nivel 1 hasta el nivel 26 de la escala vigente, evitando superposiciones de niveles salariales.
[BO-DS-N2419] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2419, 24 de junio de 2015
24 DE JUNIO DE 2015.- Aprueba el incremento salarial del cinco por ciento (5%) para las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Pública Nacional Estratégica Depósitos Aduaneros Bolivianos – DAB.
[BO-DS-N2418] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2418, 24 de junio de 2015
24 DE JUNIO DE 2015.- Aprueba el incremento salarial del cinco por ciento (5%) para el personal permanente de la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de Infraestructura Civil – EBC.
[BO-DS-N2422] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2422, 24 de junio de 2015
24 DE JUNIO DE 2015.- Aprueba el incremento salarial del ocho punto cinco por ciento (8.5 %) para las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE matriz, que será aplicado a partir del nivel 5 hasta el nivel 19 de la escala vigente.
[BO-DS-N2424] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2424, 24 de junio de 2015
24 DE JUNIO DE 2015.- Aprueba:a) El incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA;b) La escala salarial del personal especializado de BoA.
[BO-DS-N2450] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2450, 15 de julio de 2015
15 DE JULIO DE 2015.- Aprueba:El Incremento Salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Minera Colquiri; Empresa Minera Corocoro y Empresa Metalúrgica Vinto;La Escala Salarial de personal especializado de la Empresa Metalúrgica Vinto.
[BO-DS-N2495] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2495, 26 de agosto de 2015
26 DE AGOSTO DE 2015.- Aprueba el incremento salarial del ocho punto cinco por ciento (8.5%) para las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”.
[BO-DS-N2817] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2817, 29 de junio de 2016
29 DE JUNIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial para la gestión 2016, a favor de las trabajadoras y trabajadores de la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia – ASP-B, en el marco del régimen laboral que les corresponda.
[BO-DS-N2826] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2826, 6 de julio de 2016
06 DE JULIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial de hasta seis por ciento (6%) para las trabajadoras y los trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, que tienen un haber básico menor a Bs15.000.- en la escala vigente, evitando superposiciones de niveles salariales.
[BO-DS-N2838] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2838, 13 de julio de 2016
13 DE JULIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Metalúrgica Vinto – EMV.
[BO-DS-N2840] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2840, 13 de julio de 2016
13 DE JULIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA.
[BO-DS-N2839] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2839, 13 de julio de 2016
13 DE JULIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Minera Colquiri – EMC.
[BO-DS-N2921] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2921, 28 de septiembre de 2016
28 DE SEPTIEMBRE DE 2016.- Aprueba el incremento salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”.
[BO-DS-N3203] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3203, 7 de junio de 2017
07 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba:a) El incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Minera Colquiri – EMC, dependiente de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL;b) La escala salarial del personal especializado, jerárquico y de altas funciones gerenciales de la Empresa Minera Colquiri – EMC.
[BO-DS-N3209] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3209, 14 de junio de 2017
14 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial de las trabajadoras, los trabajadores y profesionales de la Empresa Minera Corocoro.
[BO-DS-N3217] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3217, 21 de junio de 2017
21 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial del siete por ciento (7%) para las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE Matriz.
[BO-DS-N3215] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3215, 21 de junio de 2017
21 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial del personal permanente de la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de Infraestructura Civil – EBC.
[BO-DS-N3216] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3216, 21 de junio de 2017
21 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Agencia Boliviana Espacial – ABE.
[BO-DS-N3224] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3224, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial para la gestión 2017, a favor de las servidoras y servidores públicos de la Administración de Servicios Portuarios - Bolivia – ASP-B, en el marco del régimen laboral que les corresponda.
[BO-DS-N3225] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3225, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”.
[BO-DS-N3261] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3261, 26 de julio de 2017
26 DE JULIO DE 2017.- Aprueba:A) El incremento salarial de las trabajadoras y los trabajadores de la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”, de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA y de la Empresa Metalúrgica Vinto – EMV;B) La escala salarial del personal especializado de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA y de la Empresa Metalúrgica Vinto – EMV.
[BO-DS-N3291] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3291, 24 de agosto de 2017
23 DE AGOSTO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial de hasta cinco por ciento (5%) al haber básico en la escala vigente del personal Administrativo Operativo de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB Casa Matriz, evitando superposiciones de niveles salariales.
[BO-DS-N3448] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3448, 4 de enero de 2018
03 DE ENERO DE 2018.- Reglamenta la aplicación de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, que aprueba el Presupuesto General del Estado Gestión 2018.
[BO-DS-N3615] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3615, 11 de julio de 2018
11 DE JULIO DE 2018.- Aprueba:a) El incremento salarial para la gestión 2018 para las Empresas Públicas y las empresas en las cuales el nivel central del Estado tenga participación accionaria mayoritaria;b) La escala salarial para el Personal Especializado de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA.
[BO-DS-N3994] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3994, 31 de julio de 2019
Aprueba el incremento salarial para la gestión 2019 a favor de las Empresas Públicas y las empresas en las cuales el Estado tenga mayoría y participación accionaria.
[BO-DS-N4103] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4103, 6 de diciembre de 2019
Incrementa en un cuatro por ciento (4%) el haber básico de la escala salarial vigente de la Administración Central de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, aplicable de forma lineal.
[BO-DS-N4105] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4105, 6 de diciembre de 2019
Incrementa en un cuatro por ciento (4%) el haber básico de la escala salarial vigente de la Empresa Minera Corocoro.
[BO-DS-N4711] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4711, 1 de mayo de 2022
Tiene por objeto:
[BO-DS-N4777] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4777, 17 de agosto de 2022
Tiene por objeto, en el marco de la normativa vigente, aprobar: el incremento salarial para la gestión 2022, para las Empresas Públicas, empresas filiales y subsidiaria, en las cuales el nivel central del Estado tenga participación accionaria mayoritaria; la escala salarial para el Personal Especializado de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación - BoA.

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