Bolivia: Decreto Supremo Nº 2817, 29 de junio de 2016

Decreto Supremo Nº 2817
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con una remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que el asegure para sí y su familia una existencia digna.
  • Que el Decreto Supremo Nº 2348, de 1 de mayo de 2015, establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial, el cual será autorizado mediante Decreto Supremo expreso.
  • Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 2348, señala que el porcentaje del incremento salarial no podrá ser superior al incremento salarial aprobado anualmente para el sector público, de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada empresa.
  • Que el Decreto Supremo Nº 2406, de 17 de junio de 2015, modifica la naturaleza jurídica de la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia - ASP-B, de entidad pública descentralizada a Empresa Pública de tipología Estatal, de carácter estratégico, con personalidad jurídica y duración indefinida, patrimonio propio, autonomía de gestión administrativa, financiera, comercial, legal y técnica, bajo sujeción a las atribuciones de la Ministra o Ministro de Economía y Finanzas Públicas como responsable de la política de sector, Cartera que ejercerá las facultades propias de la tuición.
  • Que el Decreto Supremo Nº 2749, de 1 de mayo de 2016, dispone que el incremento salarial a la remuneración mensual de las y los servidores públicos del Órgano Ejecutivo es de hasta el seis por ciento (6%) para aquellos que tienen un haber básico menor a Bs15.000.- (QUINCE mil 00/100 BOLIVIANOS), el cual tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2016.
  • Que la ASP-B, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente, por lo que es necesario aprobar el incremento salarial respectivo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el incremento salarial para la gestión 2016, a favor de las trabajadoras y trabajadores de la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia - ASP-B, en el marco del régimen laboral que los corresponda.

Artículo 2°.- (Incremento salarial)

  1. Se aprueba el incremento salarial de hasta el seis por ciento (6%) para las trabajadoras y los trabajadores de la ASP-B, que tengan un haber básico menor a Bs15.000.- (QUINCE mil 00/100 BOLIVIANOS).
  2. El incremento salarial se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2016.
  3. Los recursos necesarios para ejecutar el incremento salarial señalado en el Parágrafo I del presente Artículo, serán financiados con Recursos Específicos de la ASP-B.
  4. La aplicación del incremento salarial establecido en el presente Decreto Supremo, es responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la ASP-B.

    Disposiciones abrogatorias y derogatorias


    Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

    Disposiciones finales

Artículo final Único.- Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, la ASP-B deberá remitir al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la escala salarial modificada en un plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a su publicación.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de La Paz, a los veinte y nueve días del mes de junio del año dos mil dieciséis .
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 2817, 29 de junio de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario29 DE JUNIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial para la gestión 2016, a favor de las trabajadoras y trabajadores de la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia – ASP-B, en el marco del régimen laboral que les corresponda.
KeywordsGaceta 869NEC, Decreto Supremo, junio/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153763
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 869NEC, 201607a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N2348] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2348, 1 de mayo de 2015
01 DE MAYO DE 2015.- Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial.
[BO-DS-N2406] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2406, 17 de junio de 2015
17 DE JUNIO DE 2015.- Modifica la naturaleza jurídica de la Administración de Servicios Portuarios - Bolivia – ASP-B, así como adecuar su estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente.
[BO-DS-N2749] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2749, 1 de mayo de 2016
01 DE MAYO DE 2016.- Establece la escala salarial para las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel Central del Estado Plurinacional; y el incremento salarial a la remuneración mensual de las servidoras y los servidores públicos de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Electoral, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, Instituciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado, entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Autárquicas.
[BO-DS-N2817] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2817, 29 de junio de 2016
29 DE JUNIO DE 2016.- Aprueba el incremento salarial para la gestión 2016, a favor de las trabajadoras y trabajadores de la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia – ASP-B, en el marco del régimen laboral que les corresponda.

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