Bolivia: Ley Nº 3925, 21 de agosto de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA:

Artículo 1°.- Se elimina el financiamiento estatal a partidos políticos, Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, en los años electorales y no electorales, dero gándose todas las disposiciones contrarias al presente artículo.

Artículo 2°.- Se crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de los discapacitados, financiado con un aporte anual de Bs 40.000.000 (Cuarenta Millones 00/100 Bolivianos) con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación.

Artículo 3°.- La utilización de los recursos serán establecidos mediante Decre to Supremo Reglamentario, a ser emitido en un plazo de 90 días a partir de la publicación de la presente Ley.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil ocho años.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Fredy Ornar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Erwin JR. Franco Vargas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil ocho años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alber to Arce Catacora, Walter Selum Rivero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3925, 21 de agosto de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioElimina el financiamiento estatal a partidos políticos, Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, en los años electorales y no electorales. Crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de los discapacitados, financiado con un aporte anual de Bs 40.000.000, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación
KeywordsLey, agosto/2008
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3925
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Fredy Ornar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Erwin JR. Franco Vargas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alber to Arce Catacora, Walter Selum Rivero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-N256] Bolivia: Decreto Supremo Nº 256, 19 de agosto de 2009
Reglamenta transitoriamente la utilización de los recursos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad en beneficio de las personas con discapacidad, en el marco de la Ley Nº 3925 de 21 de agosto de 2008.
[BO-DS-N445] Bolivia: Decreto Supremo Nº 445, 10 de marzo de 2010
Reglamenta la utilización de los recursos del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad - FNSE, en beneficio de las personas con discapacidad en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 3925, de 21 de agosto de 2008, a partir de la gestión 2010, y dispone la agilización en la ejecución de los Programas y Proyectos financiados con los recursos del FNSE.
[BO-DS-N1133] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1133, 8 de febrero de 2012
Establece la Renta Solidaria para personas con discapacidad grave y muy grave a partir de la gestión 2012 y define el marco institucional y su financiamiento.
[BO-L-N223] Bolivia: Ley General para Personas con Discapacidad, 2 de marzo de 2012
Ley General para Personas con Discapacidad
[BO-DS-N1498] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1498, 20 de febrero de 2013
Reglamenta el pago de la Renta Solidaria para personas con discapacidad grave y muy grave a partir de la gestión 2013, así como define el marco institucional y su financiamiento, conforme establece el Parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 223, de 2 de marzo de 2012, Ley General para Personas con Discapacidad.
[BO-DS-N1893] Bolivia: Reglamento de la Ley Nº 223 - Ley General para Personas con Discapacidad, DS Nº 1893, 12 de febrero de 2014
Reglamenta la Ley Nº 223, de 2 de marzo de 2012, General para Personas con Discapacidad.
[BO-DS-N1936] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1936, 19 de marzo de 2014
Autoriza a las Entidades Financieras o responsables del pago de la Renta Solidaria, reglamentado por el Decreto Supremo Nº 1498, de 20 de febrero de 2013; procedan al referido pago con el carnet de personas con discapacidad vencido por no más de tres (3) gestiones.
[BO-DS-N1944] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1944, 26 de marzo de 2014
Modifica el Decreto Supremo N° 0839, de 6 de abril de 2011.
[BO-DS-N2026] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2026, 4 de junio de 2014
Autoriza al Ministerio de la Presidencia a través de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad – UE-FNSE, la contratación directa de bienes y servicios especializados para la implementación del Programa de Fortalecimiento a la Salud “Implementación de Centros de Habilitación y Rehabilitación para Personas con Discapacidad a Nivel Nacional”, por un importe total de hasta Bs33.000.000, provenientes del Tesoro General de la Nación – TGN.
[BO-DS-N2626] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2626, 9 de diciembre de 2015
09 DE DICIEMBRE DE 2015.- Modifica el Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1133, de 8 de febrero de 2012, el Parágrafo I del Artículo 3 y el Artículo 5 del Decreto Supremo N° 1498, de 20 de febrero de 2013.
[BO-DS-N2736] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2736, 20 de abril de 2016
20 DE ABRIL DE 2016.- La Empresa Metalúrgica Vinto desarrollará transitoriamente sus actividades y operará con el Número de Identificación Tributaria – NIT de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL.
[BO-DS-N3151] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3151, 19 de abril de 2017
19 DE ABRIL DE 2017.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, realizar un traspaso presupuestario interinstitucional a favor del Ministerio de Salud de hasta Bs21.548.736, de los saldos no ejecutados del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad – FNSE, para el pago de la Renta Solidaria en la gestión 2017 a favor de las personas con discapacidad grave y muy grave, registradas en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad, que cuenten con el carnet de discapacidad.
[BO-DS-N3437] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3437, 20 de diciembre de 2017
20 DE DICIEMBRE DE 2017.- Reglamenta la Ley Nº 977, de 26 de septiembre de 2017, de Inserción Laboral y de Ayuda Económica para Personas con Discapacidad.
[BO-DS-N4622] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4622, 18 de noviembre de 2021
Autoriza de manera excepcional y por única vez, la entrega de un Paquete Alimentario con productos hechos en Bolivia, a favor de las personas con discapacidad.
[BO-DS-N4670] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4670, 17 de febrero de 2022
A fin de garantizar el ejercicio pleno de los derechos y obligaciones de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones y oportunidades, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo N° 4622, de 17 de noviembre de 2021.

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