CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- El presente Decreto Supremo, tiene por objeto diferir temporalmente a cero por ciento (0%) el Gravamen Arancelario para la importación de Diesel Oil correspondiente a la Sub - Partida Arancelaria NANDINA 2710.19.21.00, por el plazo de un (1) año, computable desde la publicación del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 777, 26 de enero de 2011 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Difiere temporalmente a cero por ciento (0%) el Gravamen Arancelario para la importación de Diesel Oil correspondiente a la Sub - Partida Arancelaria NANDINA 2710.19.21.00, por el plazo de un (1) año, computable desde la publicación del presente Decreto Supremo. | ||||
Keywords | Gaceta 218NEC, 2011-01-26, Decreto Supremo, enero/2011 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138970 | ||||
Referencias | Gaceta 218NEC,2011-01-26, ncpe.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga MINISTRA DE CULTURAS E INTERINA DE EDUCACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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