CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el financiamiento y los mecanismos para la ejecución y entrega del Bono “Juancito Pinto” para la Gestión 2010, regular aspectos del Fideicomiso y las funciones de las partes intervinientes en la ejecución del Fideicomiso, Unidad Ejecutora, Banco de Desarrollo Productivo S. A. M.- BDP S. A. M. y Agentes Pagadores.
Artículo 2°.- (Financiamiento gestión 2010)
Artículo 3°.- (Mecanismos financieros)
Artículo 4°.- (Agentes pagadores) Las Fuerzas Armadas se constituyen en los Agentes Pagadores del Bono “Juancito Pinto” para lo cual brindarán el soporte logístico, operativo y administrativo, necesario para garantizar la seguridad y correcta entrega del Bono “Juancito Pinto” a todos los beneficiarios en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 5°.- (Responsables) Las entidades partes del Fideicomiso son responsables del cabal cumplimiento de las funciones que los son asignadas en las normas que regulan al Bono “Juancito Pinto”, el Contrato de Fideicomiso, Adendas, Reglamentos, Convenios Interinstitucionales.
Artículo 6°.- (Gastos de estadía para agentes pagadores) A fin de asegurar el pago del Bono “Juancito Pinto” a los beneficiarios en todo el Estado Plurinacional de Bolivia, se autoriza al Ministerio de Educación fijar la escala de gastos de estadía para los Agentes Pagadores. Los recursos para el pago de los gastos de estadía forman parte de la estructura de costos del fideicomiso, y los mismos no deberán exceder los límites establecidos en el Decreto Supremo Nº 0400, de 13 de enero de 2010.
Artículo transitorio Único.- El Fideicomitente actualizará los Reglamentos del Fideicomiso en un plazo máximo de quince (15) días calendario de aprobado el presente Decreto Supremo.
Artículo final Único.- El Fideicomiso constituido para la administración y pago del Bono “Juancito Pinto”, por tratarse de la implementación de la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo - PND, no estará sujeto a reembolso de los recursos utilizados, sólo se realizará la reversión al TGN de los recursos no utilizados.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 648, 29 de septiembre de 2010 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece el financiamiento y los mecanismos para la ejecución y entrega del Bono “Juancito Pinto” para la Gestión 2010, regula aspectos del Fideicomiso y las funciones de las partes intervinientes en la ejecución del Fideicomiso, Unidad Ejecutora, Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. - BDP S.A.M. y Agentes Pagadores. | ||||
Keywords | Gaceta 175NEC, 2010-09-29, Decreto Supremo, septiembre/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138648 | ||||
Referencias | Gaceta 175NEC,2010-09-29, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Sacha Sergio Llorentty Soliz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO. PP., SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DES. RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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