CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar la asignación e inscripción de recursos para la ejecución del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas, en el marco de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009.
Artículo 2°.- (Autorización de asignación e inscripción de recursos) Conforme a lo establecido en el Artículo 38 de la Ley del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009, el Artículo 23 del Decreto Supremo Nº 0014 de 19 de febrero de 2009 reglamentario a la Ley del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009, y de acuerdo a la priorización efectuada por los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación del Desarrollo, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación e inscripción de recursos dentro del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda por un monto de Bs71.617.583.- (SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS diecisiete mil QUINIENTOS OCHENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS), para la ejecución del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas.
Artículo 3°.- (Austeridad en el gasto) Ninguno de los programas y proyectos de vivienda ejecutados por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda en el marco del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas representarán un costo adicional al Tesoro General de la Nación - TGN.
Artículo 4°.- (Reglamentación específica) El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda mediante Resolución Ministerial aprobará el Reglamento Específico para la ejecución de los recursos del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas.
Artículo 5°.- (Información) Los gastos que realice el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda con los recursos transferidos por autorización del presente Decreto Supremo, deberán ser informados al Congreso Nacional, después de cada semestre, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 51, 20 de marzo de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar la asignación e inscripción de recursos para la ejecución del Plan de Rehabilitación y Reconstrucción de Viviendas, en el marco de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009. | ||||
Keywords | Gaceta 10NEC, 2009-03-20, Decreto Supremo, marzo/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27462 | ||||
Referencias | Gaceta 10NEC,2009-03-20, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardy Suxo Iturry, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas MINISTRA DE JUSTICIA É INTERINA DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN É INTERINO DE AUTONOMIA, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo César Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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