CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Decreto Supremo Nº 4104, de 6 de diciembre de 2019 y por el Decreto Supremo Nº 4235, de 8 de mayo de 2020, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” - FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.
Artículo 2°.- (Modificación) Se modifica el Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 4104, de 6 de diciembre de 2019 y por el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 4235, de 8 de mayo de 2020, con el siguiente texto:
“I. El contrato de préstamo deberá establecer un plazo de siete (7) años y once (11) meses.”
Disposición Adicional Única.- Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, se exceptúa la aplicación del Parágrafo IV del Artículo 3 y del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 1367, de 3 de octubre de 2012, incorporados por el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 3719, de 21 de noviembre de 2018, así como del inciso e) del Artículo 21 del Reglamento del Fideicomiso del FINPRO de 23 de septiembre de 2019.
Disposición Transitoria Única.- Para el cumplimiento del Parágrafo II de la Disposición Final Primera del presente Decreto Supremo, se otorga un plazo de hasta treinta (30) días hábiles computables a partir de la publicación de la presente norma.
Disposiciones Derogatorias.- Se derogan los incisos b) y c) del Parágrafo I de la Disposición Final Primera del Decreto Supremo Nº 4235, de 8 de mayo de 2020.
Disposición Final Primera.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se autoriza:
Disposición Final Segunda.- El Ministerio de Minería y Metalurgia realizará el seguimiento y control al cumplimiento de las obligaciones contraídas, en el marco del presente Decreto Supremo, por parte de la Empresa Metalúrgica Vinto con el Fideicomiso del FINPRO.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4394, 13 de noviembre de 2020 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Decreto Supremo Nº 4104, de 6 de diciembre de 2019 y por el Decreto Supremo N° 4235, de 8 de mayo de 2020, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”. | ||||
Keywords | Gaceta 1331NEC, Decreto Supremo, noviembre/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168323 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1331NEC, 202012a.lexml | ||||
Creador | FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gomez Garcia, Franklin Molina Ortiz MINISTRO DE HIDROCARBUROS E INTERINO DE ENERGÍAS, Nestor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Felix Villavicencio Niño De Guzman, Ivan Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Edgar Pozo Valdivia, Juan Santos Cruz, Adrian Ruben Quelca Tarqui, Wilson Caceres Cardenas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.