CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Para la importación de vehículos automotores permitidos en la gestión 2019, en el marco del Decreto Supremo Nº 28963, de 6 de diciembre de 2006 y sus modificaciones, se dispone que de manera excepcional puedan concluir el proceso de importación hasta el 30 de abril de 2020, siempre y cuando cuenten con la Autorización Previa emitida hasta el 31 de diciembre de 2019, por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través del Viceministerio de Transportes. Los importadores deberán dar cumplimiento a las demás formalidades aduaneras correspondientes.
Disposición Transitoria Única.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al vencimiento de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes a su publicación, en la Gaceta Oficial de Bolivia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4188, 12 de marzo de 2020 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-07-12 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Para la importación de vehículos automotores permitidos en la gestión 2019, en el marco del Decreto Supremo N° 28963, de 6 de diciembre de 2006 y sus modificaciones, se dispone que de manera excepcional puedan concluir el proceso de importación hasta el 30 de abril de 2020, siempre y cuando cuenten con la Autorización Previa emitida hasta el 31 de diciembre de 2019, por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través del Viceministerio de Transportes. Los importadores deberán dar cumplimiento a las demás formalidades aduaneras correspondientes. | ||||
Keywords | Gaceta 1243NEC, Decreto Supremo, marzo/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167327 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1243NEC, 202303c.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.