CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 2698, de 9 de marzo de 2016, que autoriza a la Procuraduría General del Estado, la Contratación Directa de Servicios Especializados de Consorcios Jurídicos, Abogados; sean nacionales o extranjeros y otros Servicios Especializados, para la defensa legal del Estado.
Disposición Adicional Primera.-
Disposición Adicional Segunda.- El Reglamento de Contratación de Servicios Especializados a ser provistos por nacionales o extranjeros para la defensa legal del Estado, será aprobado por la Procuraduría General del Estado mediante Resolución expresa.
Disposición Adicional Tercera.- Los contratos a los que se refieren la Disposición Adicional Primera, podrán ser suscritos por el tiempo que dure el proceso, sujetos a la aprobación del presupuesto de cada gestión fiscal.
Disposición Adicional Cuarta.-
Disposición Transitoria Única.- Los contratos suscritos por la Procuraduría General del Estado para la defensa legal del Estado en el marco del Decreto Supremo Nº 2698, y que a la fecha se encuentran en ejecución, deberán regirse en el marco del referido Decreto Supremo y su Reglamento, hasta su finalización.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4156, 13 de febrero de 2020 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Abroga el Decreto Supremo N° 2698, de 9 de marzo de 2016, que autoriza a la Procuraduría General del Estado, la Contratación Directa de Servicios Especializados de Consorcios Jurídicos, Abogados; sean nacionales o extranjeros y otros Servicios Especializados, para la defensa legal del Estado. | ||||
Keywords | Gaceta 1236NEC, Decreto Supremo, febrero/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167992 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1236NEC, 202005a.lexml | ||||
Creador | FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Iván Arias Durán, Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, Aníbal Cruz Senzano, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde , Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, Martha Yujra Apaza, María Isabel Fernández Suarez, Milton Navarro Mamani. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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