CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto determinar el porcentaje de mezcla del Aditivo de Origen Vegetal Etanol Anhidro con gasolinas base, para su comercialización como combustible, en el marco del Parágrafo I de la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 1098, de 15 de septiembre de 2018.
Artículo 2°.- (Porcentaje de mezcla)
Disposición Adicional Única.- Los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y comercialización de las gasolinas base empleadas para su mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3672, 25 de septiembre de 2018 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018.- Determina el porcentaje de mezcla del Aditivo de Origen Vegetal Etanol Anhidro con gasolinas base, para su comercialización como combustible, en el marco del Parágrafo I de la Disposición Final Tercera de la Ley N° 1098, de 15 de septiembre de 2018. | ||||
Keywords | Gaceta 1102NEC, Decreto Supremo, septiembre/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/158900 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1102NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO.ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.