CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el Artículo 51 ter. de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente), modificado por la Ley Nº 771, de 29 de diciembre de 2015, para la aplicación de la Alícuota Adicional del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas Financiero - AA-IUE Financiero.
Artículo 2°.- (Sujetos alcanzados con la AA-IUE Financiero) Los sujetos alcanzados por la AA-IUE Financiero son las entidades de intermediación financiera, reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 51 ter. de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente)
Artículo 3°.- (Coeficiente de rentabilidad) A efectos de la aplicación de la AA-IUE Financiero, el Coeficiente de Rentabilidad respecto del Patrimonio, se determinará como el valor porcentual de la división entre el Resultado Antes de Impuestos y el Patrimonio, expresado en la siguiente fórmula:
Donde:
CR | Coeficiente de Rentabilidad respecto del patrimonio. |
RAI | Resultado Antes de Impuestos. |
P | Patrimonio. |
Artículo 4°.- (Liquidación y pago)
Artículo 5°.- (No computable como pago a cuenta) El importe correspondiente al pago de la AA-IUE Financiero no será computable como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones.
Artículo abrogatorio Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 1288, de 11 de julio de 2012.
Artículo final Único.- El Servicio de Impuestos Nacionales adecuará los aspectos operativos para la aplicación de la AA-IUE Financiero en un plazo de hasta veinte (20) días calendario.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3005, 30 de noviembre de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 30 DE NOVIEMBRE DE 2016.- Reglamenta el Artículo 51 ter. de la Ley N° 843 (Texto Ordenado vigente), modificado por la Ley N° 771, de 29 de diciembre de 2015, para la aplicación de la Alícuota Adicional del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas Financiero – AA-IUE Financiero. | ||||
Keywords | Gaceta 914NEC, Decreto Supremo, noviembre/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/154173 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 914NEC, 201612a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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